DESDE EL 2000 SE HAN CASADO 360 ADOLESCENTES
Los menores de 16 años no podrán contraer matrimonio en España desde este jueves mismo. Entra en vigor la Ley de Jurisdicción Voluntaria que eleva la edad mínima para poder casarse y elimina la posiblidad de que un juez autorice a hacerlo a quienes hayan cumplido los 14. El año pasado sólo hubo en nuestro país 5 uniones de menores de 16 años.
Aunque en la actualidad el matrimonio está reservado para adultos, el artículo 48 del Código Civil permite al juez de primera instancia "dispensar con justa causa y a instancia de parte" el impedimento de edad, para lo que el tribunal declaraba emancipado al menor si había cumplido los 14 y le autorizaba a casarse.
La nueva ley prohíbe las bodas entre menores de 16 años, al considerar a los contrayentes, unos niños con falta de madurez y responsabilidad para formar una familia. Esta norma resuelve también el problema entre matrimonios pactados, en cuya decisión no participan los miembros de la pareja.
En España se han casado de este modo 28.685 niños y niñas con 15 años o menos desde 1975, en una tendencia que ha ido a la baja hasta convertirse en casi excepcional: Si en los 70 se casaban cada año cerca de 2.000 niños (en su mayoría niñas), desde el año 2000 se han registrado en total 360, conforme los datos del Instituto Nacional de Estadística.
Desde este jueves, el juez ya no podrá dictar una dispensa de edad ni emancipar a un niño de 14 años para que se case. Sólo podrán contraer matrimonio en España quienes hayan cumplido ya los 16 y estén emancipados, cosa que se declara por concesión de los que ostenten la patria potestad o por concesión judicial pero siempre a partir de esta edad, conforme impone la nueva norma.
Esta nueva ley nos iguala con muchos países europeos. Sólo Ucrania, Estonia y Andorra permiten matrimonios de menores de 16. Francia, Dinamarca y Greica sólo consiente uniones a partir de los 18 años.