DEBERÁN PAGARLE 10.000 EUROS POR DAÑOS MORALES
Una juez de Barcelona ha condenado a penas de cinco años de cárcel a cuatro 'skinheads' por apalear por motivos racistas a un colombiano, que dejó España debido a la "angustia" que le provocó la agresión, en una sentencia que les acusa de "dinamitar el modelo de sociedad basado en la igualdad".
En su sentencia, la juez de lo penal número 9 de Barcelona condena a los cuatro neonazis a la pena que solicitaba la Fiscalía, al aplicarles las agravantes de motivación racista y de abuso de superioridad, porque los procesados atacaron a la víctima en grupo y le patearon con unas botas "Dr. Martens con puntera de hierro", que la magistrada considera instrumento peligroso.
Según la juez, justifican la agravante de racismo el hecho de que la víctima "claramente se aprecia que es sudamericana, lo gratuito y encarnizado de la agresión, unido a la ideología de los acusados". Para la magistrada, ese tipo de acciones "dinamitan el modelo de sociedad que hemos construido y queremos la mayoría de las personas que viven en este país, basada en el respeto y la igualdad de todos los ciudadanos".
La sentencia reconoce la atenuante de reparación del daño a los acusados, por haber entregado al juzgado más de 7.000 euros para indemnizar a la víctima, aunque la juez no ha rebajado la pena solicitada por el fiscal y, es más, ha condenado a los procesados a pagarle otros 10.000 euros por daños morales.
Según cree probado la juez, los cuatro procesados -Marta, José Luis, Manuel y Sergio- profesan la ideología nacionalsocialista, "despreciando a las personas de origen extranjero por el mero hecho de serlo y, en representación de tal ideología, visten estética 'skinhead'", con la cabeza rapada, chaquetas de aviador y botas militares tipo Dr. Martens.
Los cuatro neonazis, uno de ellos con antecedentes por un delito contra los derechos fundamentales, se cruzaron en noviembre de 2010 en la confluencia entre las calles Sardenya y Roselló de Barcelona con un ciudadano colombiano, de baja estatura, complexión delgada y severos problemas de audición, añade la sentencia.
La juez cree probado que el grupo de neonazis se dirigió a la víctima, con la excusa de pedirle un cigarrillo, y la acusada Marta le propinó varios puñetazos que la derribaron al suelo, momento en que otro de ellos le pateó la sien con sus botas militares y el resto se unieron para darle más patadas por el cuerpo.
La agresión, sostiene la sentencia, causó contusiones craneales a la víctima, que permaneció cinco días ingresado en el hospital, y le provocó que "viviera con temor y angustia" el año y medio que permaneció en Barcelona, especialmente porque su casa estaba próxima a la de la acusada Marta.
El hecho de haber padecido esa agresión, añade la juez, "fue causa determinante" para que la víctima abandonara España, tras recibir tratamiento médico durante seis meses por sus problemas de vértigo.
La juez reconoce la agravante de superioridad en el ataque porque los procesados emplearon "unas botas reforzadas en la punta", lo que unido "al hecho de que la víctima esté en el suelo y rodeado y, sobre todo, la parte del cuerpo donde se propinaron las patadas", permite calificarlo de instrumento peligroso.
La sentencia da por acreditada la ideología nacionalsocialista de los procesados debido a que ellos mismos reconocieron haber asistido a conciertos de grupos de música neonazi, como 'Batallón de Castigo' y 'Más que Palabras', y una de las condenadas llevaba un llavero de las SS, cuerpo policial/militar del aparato represor de Hitler.
Asimismo, a uno de los acusados, precisa la juez, le constan varias detenciones por amenazas, agresiones y daños, así como una condena previa por un delito de lesiones.
La juez obliga a los condenados a indemnizar a la víctima con 10.000 euros por daños morales, y otros 2.555 por los físicos, al tener en cuenta, aparte del dolor que sintió el hombre, "pues es atacado de noche, y por un grupo de energúmenos que lo primero que hacen es tirarlo al suelo, y allí patearlo, el miedo que debió pasar y la sensación de impotencia ante una agresión cuya única justificación es su origen extranjero".