Negligencia
Condenan al Servicio Andaluz de Salud por la muerte de una joven en Málaga al confundir un tromboembolismo pulmonar con dolores musculares
La joven de 18 años antes de sufrir una parada cardiorrespiratoria en su casa acudió hasta en tres ocasiones a los servicios de Urgencias con dolores en el costado y dificultad para respirar.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la responsabilidad del Servicio Andaluz de Salud por la muerte de una joven de 18 años en Málaga, después de que varios servicios médicos no detectaran el tromboembolismo pulmonar que finalmente acabó con su vida. La resolución considera que existió un grave error de diagnóstico y obliga a la Administración a indemnizar con 156.183,99 euros a los padres y al hermano de la fallecida, además de los correspondientes intereses legales.
Los hechos se remontan a finales de enero de 2020, cuando la joven comenzó a sufrir problemas respiratorios y molestias en la zona costal. El 26 de enero acudió por primera vez a Urgencias acompañada de su madre. Presentaba sensación de falta de aire y dolor al respirar. Tras recibir tratamiento inicial y experimentar poca mejoría, fue derivada al Hospital Virgen de la Victoria de Málaga.
Sin embargo, después de una exploración médica, recibió el alta con un diagnóstico de dolor costal de origen mecánico. Los profesionales le recomendaron medicación antiinflamatoria y analgésicos, además de un relajante muscular.
Una tercera visita a Urgencias antes de su fallecimiento
Las molestias continuaron y, el 2 de febrero, la joven volvió a acudir a un centro hospitalario, esta vez al Hospital Valle del Guadalhorce. En esta ocasión, el dolor se localizaba principalmente en la zona dorsal derecha. Tras examinarla, los médicos atribuyeron los síntomas a una contractura muscular y pautaron un nuevo tratamiento farmacológico.
Cuatro días después, el 6 de febrero, la joven sufrió una parada cardiorrespiratoria en su domicilio. Los equipos sanitarios del 061 iniciaron maniobras de reanimación y la trasladaron al hospital, donde continuaron intentando salvarle la vida durante aproximadamente dos horas. Finalmente, no pudieron evitar su fallecimiento.
La autopsia permitió conocer la causa de la muerte: un tromboembolismo pulmonar que había provocado la obstrucción de vasos sanguíneos en ambos pulmones.
El tribunal aprecia un error de diagnóstico
Tras el fallecimiento, la familia inició una reclamación por la atención sanitaria recibida. En septiembre de 2024, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Málaga estimó parcialmente su demanda y reconoció el derecho de los familiares a recibir una indemnización de 156.183,99 euros.
El Servicio Andaluz de Salud recurrió la decisión al considerar que las actuaciones médicas habían sido adecuadas a los síntomas que presentaba la paciente. También cuestionó que pudiera establecerse una relación directa entre los diagnósticos realizados y el fallecimiento, al entender que no estaba claro cuándo se había desarrollado el tromboembolismo.
No obstante, el TSJA ha rechazado los argumentos de la Administración y ha confirmado la sentencia anterior. Los magistrados consideran acreditada la relación entre los errores de diagnóstico y el desenlace mortal, al entender que los síntomas fueron atribuidos a dolencias musculares sin identificar la enfermedad que padecía la joven.
La resolución señala que existió un daño que la paciente no tenía obligación de soportar y atribuye el fallecimiento a una actuación sanitaria que no permitió detectar a tiempo la embolia pulmonar.
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De esta forma, el tribunal mantiene la condena al SAS, que deberá abonar a los familiares de la joven la cantidad fijada judicialmente, junto con los intereses legales correspondientes.