AHORRO ENERGÉTICO Y ECONÓMICO

Fin a la calefacción central: Esta es la fecha límite para instalar contadores individuales

España va a eliminar la calefacción central y exige la instalación de contadores individuales de calefacción para cada casa en 2023.

CalefaccióniStock

Hasta el momento aquellos que vivían en edificios con un sistema de calefacción central, debían pagar un gasto fijo mensual o anual, habiendo hecho uso o no de estos servicios. Debido al gasto masivo de energía en las casas de los españoles se estableció un nuevo decreto con intención de reducir este gasto, el cual ya está en vigor en gran parte de la Unión Europea.

En agosto de 2020 se presentó un Real Decreto en el BOE que estaba relacionado con la regularización de la contabilidad de consumos individuales en la calefacción de los edificios. En mayo de 2023 es la fecha máxima para haber cambiado del modelo tradicional de calefacción central a la instalación de contadores individuales para cada hogar, tal y como lo dicta el decreto: "La normativa será de aplicación obligatoria en edificios con sistemas de calefacción o refrigeración construidos antes de la aprobación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) de 1998. Los edificios construidos posteriormente están obligados a instalar dispositivos de contabilización individuales".

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¿Qué hacer si tienes calefacción central?

Un total de 1,7 millones de casas españolas, según ha calculado la Asociación Nacional de Instaladores de Repartidores de Costes de Calefacción, tienen calefacción central y deberán instalar el nuevo sistema. Con el nuevo decreto se asegura un ahorro de un 30% en la factura anual de la calefacción pasados dos años tras la instalación de manera que este ahorro se podría decir que equivale a 200 euros por hogar al año. Globalmente hablando, el ahorro llegaría a los 340 millones de euros.

Aunque aun queden dos largos años para que esta medida sea obligatoria, te puedes ir preparando para la ocasión. Lo primero es conocer las excepciones que existen en lo que a esta norma respecta.

Excepciones

  • Los edificios construidos posteriores al año 1978no deben cumplir esta nueva normativa debido a que esta medida está pensada para las construcciones en las que técnicamente sea un proceso viable y sobre todo rentable en lo que económicamente respecta. En el caso de estos edificios el sistema que se tiene es de distribución por columnas de manera que sería necesario instalar repartidores de costes en cada uno de los radiadores.
  • Los residentes en archipiélagos o en zonas cálidas del litoral mediterráneo, zona de Levante, Guadalquivir, Ceuta y Melilla, tampoco estarán obligados a cumplir este nuevo sistema.
  • En el caso de que esta técnica no sea viable ni económicamente rentable, no se deberá adaptar la instalación de contadores individuales, es decir, si esta inversión no es rentable en cuatro años no se debe cambiar.

Repartidor de costes

Existe la posibilidad de colocar repartidores de costes en los casos en los que resulta inviable poner un contador individual para cada casa, se puede instalar un repartidor de costes que funciona radiador a radiador.

La gran diferencia entre estos dos sistemas es que con el contador se mide el consumo exacto, kWh; y con el repartidor de costes se mide el consumo de cada radiador en función del inmueble, de manera que sirve para hacer una media que reparte los costes entre todos los vecinos. Cada repartidor cuesta aproximadamente 30 euros y el contador fácilmente llega a los 250 euros.

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