SIN PRESENTAR INFORMES MÉDICOS
La Dirección General de Registros y Notariado ha autorizado la inscripción de un bebé a nombre de sus dos madres, que el Registro Civil de Dénia había rechazado por la falta de un certificado de la clínica de reproducción asistida en la que lo habían concebido.
Así lo han asegurado las propias interesadas, María José Torres y Brenda Kelleher, a través de la página web Moonmamas, en un mensaje en el que han agradecido el apoyo social que han recibido en los últimos meses y que les permitió presentar más de 100.000 firmas a favor de su lucha a través de la plataforma digital Change.Org.
"Cuando hemos recibido la respuesta, no podíamos creerlo. Después de la euforia momentánea me han entrado dudas. ¿Lo he entendido bien?, ¿de verdad nos han dicho que sí?", escribió en este blog María José Torres.
Las dos mujeres, casadas desde 2007 y con otros dos hijos, se sentían discriminadas por no poder inscribir al pequeño Lennon a nombre de ambas por no presentar el certificado de inseminación de la clínica donde la segunda se sometió a un procedimiento de reproducción asistida, algo que no se solicita a ningún padre.
El juez que dirige el registro dianense autorizó únicamente la inscripción del bebé a nombre de la madre gestante, por lo que el matrimonio, que pasó a contar con dos libros de familia en lugar de uno solo, recurrió la decisión a la Dirección General de Registros y Notariado.
Esta institución ha revocado ahora la resolución al entender que la intención del legislador con el artículo 44 de la Ley de Registro Civil de 2011 era "facilitar la determinación de la filiación de los hijos nacidos en el marco de un matrimonio formado por mujeres, independientemente de que hayan recurrido o no a técnicas de reproducción asistida".
La pareja se siente muy feliz porque se ha resuelto su situación familiar y exige tener los mismos derechos que las parejas heterosexuales.