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Elecciones generales

¿Hay límites legales a las promesas electorales?

Las campañas electorales están repletas de promesas por parte de los políticos, pero ¿qué ocurre si, una vez en el poder, no las cumplen? ¿Pueden enfrentarse a consecuencias legales?

Imagen del mazo de un juez Pexels

En plena precampaña electoral, estamos escuchando a los candidatos de las diferentes formaciones políticas hablar de lo que harán si llegan al poder, incluso realizando promesas a los ciudadanos. Ahora bien, que puedan prometerlo no significa que puedan ejecutarlo directamente. Dependerá de sus competencias, de la mayoría parlamentaria y de los procedimientos legales necesarios.

Estas promesas no están vinculadas a un reglamento jurídico específico. La jurisprudencia y la doctrina jurídica consideran que los programas políticos son declaraciones de intenciones y no contratos vinculantes que puedan exigirse ante los tribunales.

El Tribunal Constitucional ha señalado que incluso las propuestas que pretenden acabar con las bases de la Constitución pueden defenderse ideológicamente, siempre que se respeten los procedimientos de reforma constitucional, no se recurra a medios violentos ni se vulneren los derechos de terceros.

En cuanto al incumplimiento de estas promesas, no está regulado de manera expresa por la ley. La principal consecuencia de presentar un programa electoral falso o irrealizable es el castigo político por parte de la ciudadanía mediante el voto en los siguientes comicios.

Las promesas orientadas al beneficio directo de un votante sí estan penadas

Existe una excepción que sí persigue la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG): la compra de votos a cambio de dinero, regalos o promesas orientadas al beneficio individual o directo de un votante a cambio de su apoyo político.

En este caso, el artículo 146.1.a de la LOREG tipifica como delito electoral la conducta de quienes soliciten directa o indirectamente el voto de un elector, o le induzcan a la abstención, mediante recompensas, dádivas, remuneraciones o promesas de estas. Esta conducta puede conllevar penas de prisión de seis meses a tres años o multas de 12 a 24 meses. Si el infractor es un funcionario público que abusa de sus facultades, se le añade una pena de inhabilitación especial.