POR LA GESTIÓN DE SUS INGRESOS
La Audiencia de Barcelona afea a Leo Messi, al que ha condenado a 21 meses de cárcel por defraudar 4,1 millones a Hacienda, que optara por una "ignorancia deliberada" en la gestión de sus ingresos, ante la "sospecha justificada" de que el método no era "claro y nítido", al usar sociedades interpuestas. La sección octava de la Audiencia de Barcelona ha condenado al futbolista internacional argentino del FC Barcelona Leo Messi y a su padre a un año y nueve meses de cárcel por tres delitos contra Hacienda entre 2007 y 2009, en los que defraudaron 4,1 millones de euros, si bien con toda probabilidad no tendrán que ingresar en prisión al ser la pena inferior a los dos años.
En la sentencia, el tribunal califica de "extrema gravedad" el fraude cometido y rebate la principal tesis esgrimida por la defensa del astro argentino, que alegó que desconocía por completo las decisiones que se tomaban en relación a la explotación de sus derechos de imagen, ya que se limitaba a jugar al fútbol, que las decisiones las tomaban sus abogados y que él nunca preguntó nada porque se fiaba de su padre, que es quien le gestiona el patrimonio.
"Quien ha tratado de eludir la norma, por el camino que sea, no puede resultar beneficiado por ello, amén de que con la impunidad en esos casos se dirige a la ciudadanía el mensaje de que es preferible inhibirse que preocuparse", sostiene la sentencia. Al hilo de esta argumentación, el tribunal alerta de que "el desconocimiento evitable, derivado de la indiferencia, no es un error, y no puede provocar una descarga de la responsabilidad. No puede errar aquel que no tiene interés en conocer".
Por ello, la Audiencia concluye que Messi optó por una "ignorancia deliberada" al evitar tener información que estaba a su alcance, por "medios fiables, rápidos y ordinarios" y advierte de que su desconocimiento del derecho fiscal no le exime de comprender algunos aspectos "desproporcionados", como que en los años 2007 y 2009 la declaración del IRPF le saliera a devolver. "Cuando se aprecia una indiferencia tan grave como la que nos ocupa, ya que, a pesar de todas las circunstancias y oportunidades que tuvo el jugador de conocer cómo se gestionaban sus derechos, no lo hizo, no cabe sino considerar que se ha actuado con dolo (voluntad deliberada de cometer delito)... con la consciencia de que se va a realizar un acto ilícito", remarca la sentencia.
El tribunal recrimina a Messi que optara por esa "indiferencia" pese a que existía una "sospecha justificada" sobre la licitud del método utilizado para gestionar sus ingresos, a través de sociedades interpuestas en las que era el único socio, en países con una fiscalidad laxa y "dejando de leer sistemáticamente todos y cada uno de los contratos que fue firmando a lo largo de esos años". Para enfatizar su tesis, la Audiencia esgrime una sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2006 que subraya que "la persona que no quiere conocer voluntariamente el origen de los efectos sobre los que actúa, puede afirmarse que conoce ese origen delictivo, pues con su acto de negar las fuentes de conocimiento se está representando la posibilidad de la ilegalidad de su actuación".
En su fallo, el tribunal recuerda que los Messi han centrado su defensa en considerar que las decisiones sobre la utilización de su entramado de empresas pantalla atañe a los expertos contratados por la familia, ya que ellos desconocían la legislación tributaria. "Eso es verdad -admite la sentencia-, pero no lo es menos que ello no exime de responsabilidad a los acusados". El tribunal insiste en que no le queda "la menor duda" de que, mediante una serie de contratos para crear un entramado de sociedades pantalla, los Messi ocultaron a Hacienda la realidad de los ingresos por los derechos de imagen del astro argentino, que revertían al propio jugador.
"La valoración conjunta de todo lo actuado, ponderado con prudencia y en conciencia, lleva a este Tribunal al pleno convencimiento de que los acusados eludieron el pago de los ingresos percibidos por la explotación de los derechos de imagen del jugador Lionel Messi, mediante una compleja maniobra negocial que no tenía más finalidad que la de ocultar a la Hacienda pública los ingresos generados por la mencionada explotación y quién era el verdadero perceptor de los mismos", subraya la Audiencia.
En este sentido, el tribunal considera probado que los Messi "simularon una serie de operaciones que se fueron sucediendo en el tiempo y que tenían como elemento característico un engaño a la Hacienda, materializando en una ocultación maliciosa de datos fiscalmente relevantes". La sentencia apunta, "sin temor a equívoco", que los Messi quebrantaron el deber de declarar sus ingresos, al ocultarlos mediante una "simulación contractual", con lo que el futbolista defraudó a Hacienda 4,1 millones de euros: 1.064.626,62 euros en el IRPF de 2007, 1.584.601,09 en 2008; y 1.536.775,41 en 2008.
En la sentencia, que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, la Audiencia aplica a Messi la eximente por reparación del daño, porque ya ha devuelto la totalidad del dinero defraudado, a excepción de 21.328,16 euros, que todavía están pendientes. Respecto a la actuación del padre, Jorge Horacio Messi, la Audiencia subraya que "colaboró con actos decisivos" a la ejecución del plan "que se fue forjando a lo largo del tiempo" para defraudar a Hacienda: "Sin su intervención, no se habría cometido el delito, cooperando de forma directa, decisiva y necesaria en su consecución".