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Multas de hasta 7.500 euros para las empresas que llamen a sus trabajadores durante sus vacaciones

Cerca del 60% de los españoles siguen recibiendo llamadas y correos de trabajo durante sus vacaciones.

Hombre mirando su teléfono móvilAntena 3 Noticias

La llegada del verano es sinónimo de vacacionespara millones de trabajadores en España, que aprovechan el calor y buen tiempo para escaparse a la costa o la montaña y, sobre todo, desconectar durante unos días de su trabajo. Aunque no todas las empresas respetan el descanso de sus trabajadores por igual.

Son muchos los asalariados que continúan recibiendo llamadas o correos electrónicos fuera de su jornada laboral. Una práctica que supone vulnerar el derecho a la desconexión digital, que está incluida en la Ley Orgánica de la Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales de 2018.

El artículo 88 recoge que "los trabajadores y empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar". Un derecho que deberá estar también integrado en la negociación colectiva y que busca potenciar la conciliación entre la actividad laboral y la vida personal y familiar.

De igual manera, la norma pide a los empleadores elaborar una política interna dirigida todos los trabajadores donde se definan "las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión", así como otras acciones o medidas enfocadas en la sensibilización "sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas", con el fin de prevenir el riesgo de fatiga informática. La norma pone especial énfasis en los trabajadores que teletrabajende forma parcial o total. Así, no están obligados a atender estas llamadas una vez haya comenzado su periodo vacacional ni podrán ser sancionados por sus empresas por llevar a cabo esta práctica.

Quienes sí se verían sancionados son las compañías. En caso de que la empresa atente contra la intimidad o dignidad del empleado, podría enfrentarse a sanciones que superen los 7.501 euros. Las cifras varían en función de la gravedad de la infracción, aunque se han establecido unos baremos:

  • Grado mínimo: van de los 751 a los 1.500 euros.
  • Grado medio: van de los 1.501 a los 3.750 euros.
  • Grado máximo: van de los 3.751 a los 7.500 euros.

El 72% de los españoles no desconecta

Las cifras de desconexión son alarmantes. Se calcula que en torno al 72% de los españoles no consiguen dejar a un lado la tecnología en verano, algo que se puede explicar por el hecho de que el 62% de los trabajadores siga recibiendo llamadas, mensajes o correos electrónicos durante sus días de descanso. De este 72% de personas, el 29,6% están siempre conectados, mientras que un 42,8% lo hacen de forma esporádica.

Las redes sociales suponen un problema. Instagram y TikTok son las aplicaciones más utilizadas. En esta última, según el último informe realizado, los más jóvenes pasan en torno a 96 minutos.

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