Coronavirus
El verano ya ha llegado oficialmente y con ello, las esperadas vacaciones, pero los españoles tienen una preocupación ¿Contagiarse de COVID-19 durante las vacaciones implica perderlas? La respuesta es no, no se pierden. Según el artículo 38.8 del Estatuto de los Trabajadores, se reconoce el derecho a disfrutar de las vacaciones una vez recibido el alta médica. "En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal que imposibilite al trabajador de disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural al que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad", dice el precepto.
El derecho de disfrutar de las vacaciones se podrá ejercer siempre y cuando, no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado. Las habrá perdido si no se hace en ese periodo de tiempo.
Otras de las dudas más frecuentes con respecto a las bajas por positivo en COVID-19 durante las vacaciones son cuánto se cobra durante ese periodo, quién tramita la baja o qué pasa si hemos reservado unas vacaciones.
¿Tengo que pedir una baja?
Sí. Un positivo en COVID-19 conlleva la baja por incapacidad temporal, se tengan o no síntomas.
¿Podré cobrar mi sueldo estando de baja?
El salario completo del día de la baja correrá a cargo del empresario, aunque hubiera habido prestación laboral efectiva el día de la baja. El 13 de mayo de 2021, la Audiencia Nacional estableció que el complemento de Incapacidad Temporal recogido en convenio colectivo para los supuestos derivados de accidente de trabajo no es de aplicación a las situaciones de baja por COVID. Esto quiere decir que el empresario no está obligado a complementar el salario hasta el 100%.
Tengo unas vacaciones planeadas y doy positivo ¿Qué hago?
Otro problema que puede surgir con un positivo en COVID-19 en las vacaciones puede ser que tengamos planeado un viaje. Ahora mismo, la cancelación de reservas con establecimientos hoteleros o con aerolíneas solo se contempla sin cargos si hay medidas sanitarias en el país, como cuarentenas generalizadas. Sin embargo, en España no nos encontramos en esta situación, por lo que se tendrán que pagar los gastos de una cancelación o cambio de fechas, dependiendo de la empresa donde haya sido contratado el viaje. La excepción, es tener un seguro de cancelación por COVID-19 o presentar una baja médica que acredite que no podemos viajar por motivos de salud.