Begoña Gómez
Peinado responde a Begoña Gómez: "No sería la primera vez que un presidente se fuga"
El juez rechaza el recurso de la mujer del presidente y sostiene que la escolta policial no elimina el riesgo de una huida.
El juez Juan Carlos Peinado ha rechazado el argumento esgrimido por la defensa de Begoña Gómez de que la protección permanente que recibe como esposa del presidente del Gobierno elimina cualquier riesgo de fuga. En un auto al que ha tenido acceso EFE, el magistrado sostiene que disponer de escolta policial no constituye una garantía suficiente y recuerda que "no sería la primera ocasión" en la que un dirigente de un Estado miembro de la Unión Europea abandona su país para eludir la acción de la Justicia.
El escrito responde al recurso de queja presentado por la defensa de Gómez contra el auto dictado el pasado 20 de junio, en el que Peinado acordó la apertura de juicio oral y la imposición de medidas cautelares por los presuntos delitos de corrupción en los negocios, tráfico de influencias, apropiación indebida y malversación.
Entre esas medidas figuran la retirada del pasaporte y la prohibición de abandonar España hasta la celebración del juicio, una decisión que la defensa recurrió al considerar, entre otros argumentos, que la esposa del jefe del Ejecutivo se encuentra permanentemente acompañada por agentes policiales, lo que haría inviable una posible fuga.
Referencia a un expresidente italiano
El magistrado rebate esa tesis recurriendo a un precedente histórico, aunque sin citar expresamente el nombre del protagonista. En su resolución afirma que "no sería la primera ocasión en la que un presidente del Gobierno de un Estado miembro de la Unión Europea se fuga ante un procedimiento de una trama de corrupción a un país del continente africano", en alusión al ex primer ministro italiano Bettino Craxi.
Craxi abandonó Italia en 1994 y se instaló en Túnez, donde permaneció hasta su fallecimiento, después de ser investigado por varios casos de corrupción derivados de la operación 'Mani Pulite'. No obstante, cuando se produjo su marcha ya no ocupaba la jefatura del Gobierno italiano, cargo que había abandonado siete años antes, y semanas antes había renunciado a concurrir a las elecciones generales.
Una escolta no elimina todas las posibilidades de fuga
En el auto, fechado el 30 de junio, Peinado subraya que mantiene una elevada consideración hacia la labor desarrollada por los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con quienes asegura haber trabajado durante años. El juez afirma que "casi en su totalidad" los agentes con los que ha coincidido han desempeñado su labor de forma "ejemplar" y "abnegada", por lo que no cuestiona su profesionalidad.
Sin embargo, añade que la existencia de la Unidad de Asuntos Internos demuestra que también se producen casos de funcionarios que incumplen sus obligaciones y que algunos han sido objeto de sanciones disciplinarias o incluso de condenas penales. Como ejemplo, recuerda que han existido investigaciones que afectaron a agentes destinados en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, con el objetivo de reforzar su argumento de que la existencia de una escolta no elimina por sí sola cualquier posibilidad de eludir la acción de la Justicia.
Mantiene las medidas cautelares
Peinado concluye que esos antecedentes justifican plenamente el razonamiento contenido en el auto por el que acordó las medidas cautelares contra Begoña Gómez y acusa a la defensa de intentar "tergiversar" sus argumentos para vaciarlos de contenido. Por ello, el magistrado se reafirma en la necesidad de mantener tanto la retirada del pasaporte como la prohibición de salir de España mientras se tramita el procedimiento judicial.
El auto es anterior a la decisión adoptada posteriormente por el juez que sustituyó temporalmente a Peinado durante su ausencia. Ese magistrado autorizó a Begoña Gómez a desplazarse a Londres para asistir a la graduación de una de sus hijas, aunque rechazó su petición de viajar a Ankara con motivo de la cumbre de la OTAN.
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