Ley de amnistía
Moncloa ha derogado el artículo 43 Bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil, una decisión de carácter político más que económico.
La aplicación de la ley de amnistía sigue dando sus tumbos. Ahora, en un nuevo paso para su aplicación definitiva, Moncloa ha derogado el artículo 43 Bis de la LEC, la Ley de Enjuiciamiento Civil. Una medida que el Gobierno ha incluido dentro del real decreto anticrisis que se ha aprobado este mismo jueves, lo que refleja su carácter encubierto: se trata de una decisión de relevancia política que no termina de encajar con las materias expuestas en el texto legal en el que se ha introducido. De ahí que se entrevea en esto un nuevo guiño a Junts desde el Ejecutivo, pues ese artículo 43 bis daba vía libre a que los jueces pudieran paralizar la aplicación de la amnistía, así como del resto de leyes, simplemente con presentar presentación una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
El decreto que a partir de ahora entra en vigor deja claro en su disposición derogatoria que este artículo queda suprimido. De esta manera, tal y como explicita la 'recién salida del horno' norma, serán los "órganos judiciales nacionales los que puedan aplicar directamente la jurisprudencia del TJUE". Sin embargo, en la práctica, y hasta ahora, los propios tribunales, en aplicación de la doctrina del propio TJUE, podían suspender los procedimientos al plantear una cuestión prejudicial ante dicho órgano.
"La disposición derogatoria única suprime, en particular, el artículo 43 bis de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, de modo que sean los órganos judiciales nacionales los que puedan aplicar directamente la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, fundamentalmente a partir del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, respecto a las cuestiones prejudiciales que se planteen ante ellos", expone el decreto en su exposición de motivos.
Desde el bloque independentista (tanto desde Junts como desde ERC), diversas fuentes se habían encargado de señalar y recalcar la "importancia" de esta derogación, en términos literales. De ahí las presiones ejercidas sobre el Gobierno desde hace meses para acabar cumpliendo con este objetivo que finalmente ha salido adelante.
Por su parte, fuentes cercanas al ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, han ratificado que la supresión de este artículo forma parte de un acuerdo pactado con los independentistas catalanes hace ya seis meses. Un comunicado que han hecho publico al tiempo que han restado importancia a sus efectos e implicaciones jurídicos.
El origen de todo esto se remonta al pasado 14 de enero, cuando, tras una intensa negociación, los siete diputados de Junts se abstuvieron en tres reales decretos del Gobierno, uno de ellos el anticrisis, a cambio de contrapartidas en su pro. Entre ellas se encontraba el traspaso integral a la Generalitat de las competencias sobre migración -en una fecha no especificada-, la publicación de las balanzas fiscales, la rebaja del IVA al aceite de oliva y la derogación del 43 bis.
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