VIOLENCIA VICARIA
El Gobierno aprueba el proyecto de ley contra la violencia vicaria que retira la patria potestad a los padres condenados por maltrato
La norma prevé la privación automática de la patria potestad en caso de condena firme por determinados delitos graves contra la mujer o sus hijos y obliga a escuchar al menor antes de fijar el régimen de guardia y custodia.
El Consejo de Ministros ha aprobado remitir a las Cortes el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha descrito la norma como una iniciativa rigurosa y cercana a las vivencias de las víctimas.
Ana Redondo ha destacado que el texto deja claro que "la violencia vicaria es violencia de género", en un contexto de negación de esa violencia y de "reversión de derechos". La ministra de Igualdad ha recordado que 68 niñas y niños han sido asesinados por violencia vicaria desde 2013 y que la violencia vicaria supone también maltratos, agresiones y amenazas constantes.
Ana Redondo ha recalcado, igualmente, que la futura ley cumple con el Pacto de Estado contra la Violencia de Género: "Esperamos que, puesto que estas medidas ya están pactadas con ese gran consenso y acuerdo social, también tengan un procedimiento legislativo acorde y se pueda ver esta ley en esta legislatura".
Proyecto contra la violencia vicaria
El propio proyecto aprobado modifica diez normas, incluyendo la Ley Integral contra la Violencia de Género, con el fin de ofrecer una protección global a las víctimas.
Ana Redondo subraya el elenco de personas que pueden ser sujeto de esa violencia: hijos e hijas, otros descendientes sin consideración de edad, los mayores de edad que estén sometidos a la guardia o custodia de esa pareja o esa mujer, las madres y los padres, los hermanos y las hermanas y la actual pareja de la víctima.
El proyecto modifica el Código Penal para señalar que la agravante de cometer el delito por razones de género concurrirá en los supuestos de violencia vicaria. Además, se incorpora una pena accesoria para prohibir aquellas publicaciones o difusiones de actuaciones directamente relacionadas con los actos ilícitos.
Privaticación de la patria potestad
En cuanto al Código Civil, la norma pretende acompasar la jurisdicción civil con la penal. Con este objetivo, se incorpora la privación automática de la patria potestad en aquellos supuestos en los que haya recaído una sentencia condenatoria firme por delitos graves cometidos contra la madre o los hijos.
"La premisa es clara: un maltratador, una persona violenta nunca puede ser un buen padre", ha manifestado la titular de Igualdad. Únicamente se podrá recuperar la patria potestad cuando se produzca una cancelación completa de los antecedentes penales.
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