Congreso y Senado
La Mesa del Congreso estudia el nuevo Código de Conducta de la Cortes Generales que prohibirá a los miembros de ambas Cámaras aceptar regalos que superen los 150 euros y les obligará a comunicar las actividades que hayan desarrollado cinco años de antes de obtener sus actas y que puedan condicionar su actividad política o les hayan proporcionado ingresos económicos. Así lo recoge el borrador que tiene aún que ser analizado por los grupos parlamentarios para que planteen los cambios que consideren oportunos.
El Congreso ya aprobó su propio Código ético en 2019 siguiendo las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO), pero esta misma institución conminó a las autoridades españolas a extenderlo al Senado, por lo que los servicios jurídicos de las Cortes Generales han redactado un nuevo documento, que deberá ser aprobado en una reunión conjunta de las Mesas de ambas Cámaras. La previsión es que pueda salir adelante antes de que acabe septiembre.
Regalos, ni los familiares
Uno de los cambios radica en que el nuevo código deja claro que los parlamentarios no podrán aceptar regalos, favores o servicios que les sean ofrecidos por su cargo o pueda entenderse que buscan influir en su labor parlamentaria. Eso ya regía para el Congreso, pero ahora se especifica que tampoco podrá aceptarlos "su entorno familiar". Asimismo, ahora sí se especifica que no se deben aceptar presentes que superen los 150 euros, al contrario de lo que ocurría en código del Congreso, que no fijaba cantidad alguna. Otra de las novedades es que se concreta el periodo sobre el que los parlamentarios deben informar de su actividades anteriores. Se propone que tengan que informar de las actividades que hayan desarrollado durante los cinco años anteriores a su llegada en las cámaras. Si se trata de actividades por cuenta ajena, tendrán que precisar el nombre de sus empleadores y el sector de la actividad.
Viajes y palcos
También deberán comunicar las donaciones, obsequios y beneficios no remunerados de cualquier naturaleza que hayan obtenido para sí, igualmente durante los cinco años anteriores, incluyendo viajes e invitaciones a actividades culturales o deportivas que, por su valor económico o cualquier otra circunstancia puedan ser relevantes a efectos de un eventual conflicto de intereses. Además, según el borrador, desde su entrada en vigor se obligará a los parlamentarios a informar también de las organizaciones no gubernamentales, fundaciones o entidades similares a las que contribuyan o haya contribuido ya sea económicamente o altruistamente. Como ya estaba previsto para el Congreso, las declaraciones de intereses de sus señorías se publicarán en las webs de ambas Cámaras. Si bien el nuevo código común dejará claro que éstas "sólo responderán de la información facilitada por los parlamentarios".
Conflicto de intereses
Cuando exista un conflicto de intereses, el parlamentario deberá informar antes del inicio del debate del asunto que le afecte y, si duda de que exista o no, podrá dirigirse a la Mesa de la Cámara correspondiente para que resuelva lo que proceda. En el código del Congreso se establecía que este trámite tendría "carácter confidencial", una precisión que ya no aparece en el borrador del nuevo texto. Además, mientras que la Oficina de Conflictos de Intereses que se tendría que haber creado en el Congreso iba a tener "funciones de comprobación de la veracidad del contenido de las declaraciones incluidas en el Registro de Intereses", los letrados proponen ahora eliminar esa capacidad. También rebajan la obligatoriedad de crear esa oficina, puesto que ahora sólo se habla de que "se podrá crear".
Polémica con la Constitución
Otro de los puntos que desaparece en el borrador respecto al texto ya vigente ya para el Congreso es la inclusión entre los principios que deben regir la actuación de los parlamentarios la mención de que han de hacerlo "con pleno acatamiento y respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, especialmente al Reglamento del Congreso de los Diputados y a las resoluciones que lo desarrollan". Según han explicado fuentes parlamentarias, los letrados de las Cortes consideran innecesario reproducir en un Código de Conducta la obligación de acatar y respetar la Constitución, algo que ya se recoge en los Reglamentos de ambas Cámaras, que son normas de rango superior.