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Caso Begoña

La Audiencia de Madrid mantiene el juicio con jurado popular contra Begoña Gómez

Aunque mantiene el juicio con jurado popular, levanta las medidas cautelares que pesaban sobre la esposa del presidente.

La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la continuidad del procedimiento ante el Tribunal del jurado popular contra Begoña Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.

También la Audiencia de Madrid ha levantado las medidas cautelares que impuso el juez Peinado a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, al descartar el riesgo de fuga que apreciaba el magistrado. La Sala retira las medidas decretadas contra Gómez y su asesora, Cristina Álvarez, consistentes en la prohibición de salir del país, la entrega del pasaporte y la obligación de firmar cada quince días ante la autoridad judicial, todo ello "sin perjuicio de que ambas estén localizadas en todo momento".

En un auto de 63 páginas, el tribunal madrileño ha ordenado mantener el juicio con jurado contra la esposa del presidente, aunque únicamente por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, dos menos de los que el juez le acusa. Ha sido hoy cuando la Audiencia Provincial analizó varios recursos de apelación de Hazte Oír y de Manos Limpias, entre otras cuestiones, por la decisión de archivar el delito de intrusismo.

La explicación de la Audiencia Provincial

Los magistrados, que ya deliberaron el pasado lunes, han hecho público este jueves el auto en el que resuelven de forma conjunta los cinco recursos de apelación y queja presentados contra varias decisiones del juez Juan Carlos Peinado, entre ellas la del pasado 11 de abril, cuando acordó enviar a juicio con jurado a Begoña Gómez y a los otros dos investigados. El tribunal explica que ha analizado todos los recursos conjuntamente para "evitar disfunciones procesales" y ofrecer una respuesta unificada a los argumentos de la Fiscalía y de las defensas, que sostenían que no existían indicios suficientes de delito, que las resoluciones del instructor carecían de motivación y que el caso no debía ser enjuiciado por un tribunal del jurado.

La Audiencia Provincial avala que el procedimiento continúe por la vía del jurado al considerar que los delitos de tráfico de influencias y malversación atribuidos a Begoña Gómez son competencia de este órgano y que la decisión del juez instructor "no puede reputarse arbitraria ni contraria a Derecho". Sin embargo, descarta que deba ser juzgada por los delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida.

En cambio, los magistrados consideran que sí existen "indicios racionales de criminalidad" para mantener la acusación por presunto tráfico de influencias y malversación. El auto sostiene que Begoña Gómez pudo aprovechar su "privilegiada posición de esposa del presidente del Gobierno" para lograr la creación de la cátedra extraordinaria de la Universidad Complutense y ser nombrada directora de la misma de forma prácticamente inmediata, "sin verificar un mínimo control sobre la consistencia del proyecto propuesto".

Para fundamentar esta conclusión, la Sala cita la sentencia del caso Nóos y recuerda que "la sola relación de parentesco por vínculo matrimonial con la más alta autoridad del Gobierno de la nación" puede generar, en determinadas circunstancias, una presión moral suficiente para configurar un delito de tráfico de influencias. Los jueces consideran que, en esta fase del procedimiento, no puede descartarse que esa influencia condicionara la decisión de la Universidad Complutense de crear la cátedra y nombrar a Gómez como directora. Según el auto, esa posición le permitió desarrollar con financiación pública un software de medición que, presuntamente, pretendía destinar a un uso privado o personal.

Respecto al presunto delito de malversación, la Audiencia sostiene que Begoña Gómez adquirió la condición de funcionaria pública al asumir la codirección de la cátedra, con responsabilidades sobre la gestión del patrimonio público. Los magistrados consideran que dispuso de fondos públicos y de financiación procedente de empresas privadas para obtener un beneficio particular.

La resolución también destaca que la cátedra le proporcionó un importante prestigio académico y profesional, multiplicando sus ingresos por actividades docentes y conferencias, que pasaron de 1.050 euros en el curso 2014-2015 a 14.900 euros en 2021-2022. Además, afirman que ese "paraguas institucional", expresión utilizada por la propia defensa de Gómez, le permitió acceder a financiación y contratar servicios técnicos especializados por cientos de miles de euros "carente de un control efectivo y sin pleno sometimiento a los procedimientos ordinarios de contratación".

Reacciones en el PSOE

Tras conocer esta decisión, el ministro de Transportes Óscar Puente ha ironizado sobre que la Audiencia Nacional comunique este hecho el mismo día que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea haya avalado la ley de amnistía: "¿Lo veis niños? Son todo casualidades. La Audiencia Provincial casualmente decide hoy enviar a Begoña Gómez a juicio con jurado".

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