Pedro Sánchez

La Junta Electoral abre expediente sancionador a Sánchez por hacer campaña en Bruselas

El organismo considera que el presidente del Gobierno "estaría quebrantando el principio de neutralidad institucional" que rigen el artículo 103.1 de la Constitución y el artículo 50.2 de la Ley electoral.

El presidente del Gobierno, Pedro SánchezEFE

Este miércoles, la Junta Electoral Central (JEC) ha abierto un expediente sancionador al candidato del PSOE a la Presidencia del Gobierno, Pedro Sánchez, por vulnerar el principio de "neutralidad institucional" en el transcurso de un proceso electoral y realizar "apreciaciones valorativas" en la rueda de prensa que tuvo lugar tras lacumbre del Consejo Europeo del pasado 29 y 30 de junioen Bruselas.

Sánchez se expone a una sanción por sus palabras sobre PP y Vox en Bruselas

La JEC, que ya sancionó a Sánchez en 2020 por el mismo motivo, señala que sus palabras de alerta por la "involución" que se está dando en España con los pactos entre PP y Vox en Extremadura y Valencia podrían ser adecuadas en un contexto de acto de campaña, "pero no en el desempeño de la actividad institucional propia de una autoridad política".

El organismo considera que el presidente del Gobierno "estaría quebrantando el principio de neutralidad institucional" que rigen el artículo 103.1 de la Constitución y el artículo 50.2 de la Ley electoral. Así, ha solicitado a Sánchez que tome las medidas necesarias para que todas las declaraciones que denuncia la JEC desaparezcan de las páginas y cuentas oficiales de la Presidencia del Gobierno.

Asimismo, le insta a que, en futuros actos institucionales, "extreme su diligencia" para evitar romper "el principio de neutralidad que los poderes políticos están obligados a respetar durante el proceso electoral".

La JEC pide neutralidad a Sánchez

De esta manera, la JEC ha escuchado parcialmente el recurso presentado por el Partido Popularal considerar que el líder socialista también realizó apreciaciones valorativas relacionadas con presuntos logros en materia económica y laboral con una intención de fomentar una opinión "favorable de la gestión del Gobierno".

Por otro lado, el organismo asegura que, en la mencionada rueda de prensa, Sánchez efectuó "apreciaciones críticas, atribuyendo pretendidos retrocesos y recortes de derechos a los gobiernos que surgen de acuerdos entre partidos de signo político distinto al de los partidos que apoyan al Gobierno de la nación, Gobierno al que se atribuyen pretendidos avances".

El escrito señala, a su vez, la "trascendencia intrínseca" de las palabras del máximo responsable del PSOE, teniendo en cuenta su cargo y repercusión pública, en un momento en el que, además, estaba a punto de asumir la Presidencia del Consejo de la UE. Sin embargo, recuerda que la tarea de sancionar o no al presidente recae sobre el instructor del caso.

"Esta Junta ya ha señalado que ha de quedar bien claro que en España los altos cargos de las Administraciones Públicas están al servicio de todos los españoles y que, por consiguiente, está absolutamente prohibido el uso partidista en beneficio de una determinada facción política, de los recursos institucionales que tienen asignados", puntualiza la JEC, que ha rechazado los argumentos de la defensa que apuntaban que las declaraciones eran imprescindibles para la salvaguarda del interés público.