Elecciones generales
El próximo 23 julio de 2023 se celebrarán las elecciones generales. Te explicamos cómo votar desde el extranjero.
El próximo 23 de julio los electores tienen una nueva cita con las urnas. Tras los comicios municipales y autonómicos, llegan los generales.
Los españoles residentes en el extranjero también podrán votar en las elecciones generales 2023, pero para ello deberán estar inscritos en el Registro de Matrícula Consular y en el censo de electores residentes ausentes (CERA).
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán de oficio a la dirección de la inscripción de cada persona de nacionalidad española inscrita en el censo de los electores residentes-ausentes (CERA) que viven en el extranjero la siguiente documentación:
Se pueden descargar siguiendo las indicaciones que las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remiten en el primer envío de oficio, donde figurará la dirección de la página web oficial en la que se expondrán las candidaturas definitivas, y en la que estarán disponibles los juegos de papeletas descargables, con todas las candidaturas concurrentes.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral las remitirán de oficio a la dirección de la inscripción en el CERA una vez que las candidaturas sean definitivas y se hayan resuelto las impugnaciones, si fuera el caso.
Otra opción es la Oficina Consular o centro de votación habilitado, donde la administración consular garantizará la disponibilidad de papeletas oficiales de voto, así como suficientes sobres de votación y los medios informáticos necesarios para la descarga del resto de la documentación precisa para votar durante los días habilitados.
Con el fin de garantizar el secreto del voto para las elecciones del 23J, solo podrá efectuarse la descarga telemática del juego completo de papeletas.
El envío de la documentación por la Oficina del Censo Electoral deberá realizarse por correo certificado.
El voto para las elecciones generales se introducirá dentro del sobre de votación (o no se incluirá papeleta alguna si lo que se desea es votar en blanco).
A continuación, en el sobre se incluirá:
Los electores que tienen que votar fuera de España podrán depositar personalmente la papeleta en las urnas dispuestas para ello en su Embajada o Consulado o en los centros habilitados para ello o remitirlo por correo certificado.