Influencers
Tras la aprobación de la conocida como Ley de Influencers, que obligaba a los creadores de contenido a apuntarse en un registro oficial, se han registrado 36. ¿Quiénes son los reyes y reinas de las redes sociales que figuran en la lista?
Dos meses después que el Consejo de Ministros aprobase el Real Decreto, que desarrolla el Artículo 94 de la Ley General de Publicidad Audiovisual de 2023, con el que se pretendía regular el contenido de los influencers en sus redes sociales. Solo se han apuntado 36 personas al listado oficial que exigía el gobierno. Con esa normativa se pretende poner control a este sector que no deja de crecer.
Este listado era obligatorio para todos los creadores de contenido que cumpliesen una serie de requisitos. Entre las personalidades inscritas se encuentran Dulceida, Laura Escanes, Ibai Llanos y El Rubius, pero el número de registros ha sido más bajo de lo esperado. Hay otros 21 que aún están en proceso.
Recordamos que para apuntarse en esa lista había que cumplir dos requisitos principales: tener más de 1 millón de seguidores en una red social y unos ingresos que superen los 300.000 euros brutos al año.
"No estar en el registro es una infracción administrativa y por tanto tendría multas", recuerda Alejandro Perales, de la Asociación de Usuarios de la Comunicación. Considera que es bajo el número de influencers que aparecen en la lista oficial, pero lo atribuye "a la falta de conocimiento, gente que no lo sabe".
Por el momento, al listado oficial de la Ley de Influencers, perteneciente al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Digital, se han apuntado 36 creadores de contenido, aunque hay otros 21 que aún están en proceso.
Entre ellos, destacan influencers como Dulceida, Marta Díaz, Ibai Llanos, Laura Escanes, Lola Lolita, Jordi Wild, El Rubius o Tamara Falcó. Pero faltan otras grandes celebridades de Instagram que acumulan millones de seguidores y que, según los requisitos deberían estar en ella: María Pombo (3,2 millones), Paula Gonu (1,9 millones), Violeta Mangriñán (2,4 millones), Rocío Osorno (1,7 millones), Sofía Suescun (1,4 millones), Marta Lozano (un millón), Susana Molina (un millón), María Turiel (un millón) y Natalia Osona (un millón), entre muchas otras.
No solo deben apuntarse creadores de contenido de Instagram, también influencers de TikTok. En la versión internacional de Douyin destacan grandes ‘tiktokers’ como Marina Rivers (7,3 millones de seguidores), Carla Flila (4,5 millones), Isaac Belk (6,2 millones), Elena Gortari (1,3 millones), Iban Garcia (2,7 millones), Andrea Palazón (3,7 millones) y Peldanyos (2,5 millones), entre muchos otros.
Con la Ley de Influencers, desarrollada por el ministerio de Escrivá en el Real Decreto 444/2024, se pretende regular la actividad que realizan los creadores de contenido españoles en las redes sociales, equiparando su función con la de otros servicios de comunicación audiovisual. Todo bajo el principio que realizan una actividad en competencia con otros agentes del mercado audiovisual y publicitario.
A través de la reforma, se establecen obligaciones para proteger a los usuarios, especialmente a los menores de edad, de cualquier tipo de contenido que pueda perjudicarles. Así como difundir contenido publicitario en coherencia con las normas europeas.
La nueva legislación también exige evitar la publicidad que promueva la exclusión social debido a la apariencia o vincule el éxito con el peso o los estándares de belleza. Los creadores de contenidos también están obligados a clasificar por edades sus contenidos, y ahora están prohibidos la publicidad oculta, el tabaco, las drogas, el alcohol y los juegos de azar o apuestas (estos dos últimos sólo se permiten entre la 01.00 y las 10.00 horas): mañana 00 puntos).
Aquellos que incumplan esta normativa, serán sancionados con multas que van desde los 10.000 euros al millón y medio, dependiendo de la gravedad. Así mismo, las sanciones comienzan al no inscribirse en el registro, difundir contenido perjudicial, falta de transparencia a la hora de declarar los ingresos percibidos o reincidencia en las infracciones.
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