Sabadell ERE
Los menores de 54 años tendrán derecho a una indemnización de 40 días por año trabajado con un máximo de 30 mensualidades.
Banco Sabadell y la representación legal de los trabajadores han firmado el acuerdo para aplicar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que supondrá la salida de un mínimo de 1.380 empleados de la entidad, si bien la cifra podría ascender hasta los 1.605 empleados en función de la voluntariedad, según han informado fuentes sindicales.
1.605 afectados
CCOO señaló el pasado viernes, cuando se alcanzó el preacuerdo en la mesa negociadora, que se contempla la salida de 1.605 afectados, aunque si finalmente se alcanza una adhesión de 1.380 empleados de forma voluntaria, el ERE "se daría por finalizado" en esa cifra.
El banco
Por su parte, el banco explicaba que el preacuerdo con los sindicatos incluía la salida de 1.605 personas, equivalente a un 10% de la plantilla, de los que 950 serán en funciones administrativas de red, 400 en funciones comerciales y 255 en centros corporativos.
Asimismo, ha señalado que la voluntariedad será el criterio prioritario "siempre y cuando se consiga el objetivo de ajuste mínimo acordado de 1.380 personas".
En un principio, la entidad ha rebajado la cifra de 1.936 salidas, que puso en marcha las negociaciones del ERE el 30 de agosto. Por otro lado, la entidad ha mantenido el cierre planteado de 320 oficinas y la conversión de 176 de ellas en cajas avanzadas, donde continuarán funcionando los cajeros y servicios básicos.
Las bajas
El acuerdo señala que el plazo de ejecución de las medidas previstas se extenderá hasta el 30 de junio de 2022, si bien las salidas podrían comenzar a finales de este año.
Para las bajas remuneradas, la edad se ha establecido para los menores de 54 años, que tendrán derecho a una indemnización de 40 días por año trabajado con un máximo de 30 mensualidades, además de varias primas por años de antigüedad.
Movilidad
Por otro lado, la movilidad funcional se aplicará a un máximo de 25 kilómetros alrededor del último centro de trabajo asignado al empleado, mientras que la movilidad geográfica forzosa, en caso de no ser posible la reubicación en un radio de 25 km, se seguirá un criterio de círculos concéntricos por el que se irá ampliando el límite de cinco en cinco kilómetros hasta encontrar un centro con vacantes.