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Ley de Vivienda

¿Quién será considerado gran tenedor de viviendas y cómo le afectará la nueva ley?

El concepto de "gran tenedor" ya existía en el anteproyecto de esta Ley de Vivienda aprobado hace más de un año. Pero el texto definitivo pactado ahora modifica algunos requisitos y obligaciones que tendrán que cumplir aquellos sean considerados grandes propietarios de inmuebles.

Bloque de viviendasPablo.Buffer

Uno de los cambios más llamativos que recoge el texto pactado por el Gobierno con ERC y Bildu es el relativo a la clasificación de los propietarios según el número de viviendas que tengan puestas en alquiler. Así, la nueva Ley de Vivienda distingue entre grandes y pequeños tenedores.

Si en el anteproyecto el límite entre pequeño y gran tenedor se fijaba en los 10 inmuebles, ahora se rebaja esa cantidad a la mitad. "Será gran tenedor aquella persona física o jurídica que tenga en propiedad cinco o más viviendas destinadas al alquiler".

A esos grandes tenedores la Ley de Vivienda les limita, por ejemplo, en mayor medida que a los pequeños la posibilidad de subir la renta a sus inquilinos. ¿Significa eso que a todos los que tengan cinco o más viviendas puestas en el mercado de alquiler se les aplicará esos topes? No, porque la propia ley establece otra serie de requisitos que también deberían cumplirse.

Sólo si están en zonas tensionadas

Para que se les pueda topar a los grandes tenedores la renta el texto establece que esas cinco o más viviendas deberán estar en una llamada "zona tensionada", es decir, zonas concretas donde el precio del alquiler se haya disparado de forma importante debido a la acumulación de inmuebles en pocas manos o por la falta de oferta y exceso de demanda.

En todo caso la calificación de "zona tensionada" corresponde a cada Comunidad Autónoma, que deberá justificar debidamente los motivos por los que adjudica a una zona concreta (sea un barrio o un distrito o un conjunto de calles) dicha denominación. Algunas Comunidades Autónomas del Partido Popular ya han mostrado su rechazo a la nueva Ley de Vivienda, por lo que se puede esperar que esas posibles limitaciones queden sin efecto por ejemplo en Madrid.

Sólo si están en la misma zona

Pero hay más excepciones que reducen el número de grandes tenedores que pueden verse afectados por esos topes al alquiler. La nueva norma también especifica que esas cinco o más viviendas en alquiler de un mismo propietario tendrán que estar todas ellas ubicadas en una misma zona tensionada. Es decir, a una persona física o jurídica que arriende sólo tres viviendas en una zona tensionada no se le aplicarán esas limitaciones aunque posea dos viviendas más ubicadas en otro lugar distinto.

De esta manera se intenta garantizar que la acumulación de muchos pisos en pocas manos en un lugar determinado no incremente de forma artificial el precio del alquiler.

Dudas sobre propiedad completa o parcial

Antes de que el gobierno ofrezca todos los detalles sobre esta Ley, entre los arrendadores ha surgido la duda sobre si el hecho de ser propietario parcial -no único- de una vivienda suma o no para ese cómputo de cinco inmuebles que lo convierten en gran tenedor.

Antena 3 Noticias ha realizado la consulta y la respuesta es positiva. Sí, cuando se habla de ser propietario de al menos cinco inmuebles en zonas tensionadas, cuentan tanto las viviendas en las que son los únicos propietarios como aquellas en las que comparten la propiedad con otras personas físicas o jurídicas.

En todo caso, fuentes ministeriales también nos reconocen que todas las excepciones anteriores harán que el número de grandes tenedores de viviendas en zonas tensionadas que se vean afectados por limitaciones en el incremento de la renta será bastante reducido.

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