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El cambio que llega a Bizum a partir de 2026: así controlará Hacienda los pagos digitales

A partir de febrero de 2026, los bancos deberán comunicar cada mes a la Agencia Tributaria los ingresos obtenidos por empresarios y profesionales a través de Bizum, lo que permitirá a Hacienda llevar un control más detallado de la facturación realizada.

Pagos por BizumFreepik

Hacienda quiere reforzar sus controles fiscales y reducir el fraude, para ello pondrá especial atención a los ingresos no declarados. Pero, ¿qué significa esto para pymes y autónomos? Hasta ahora, los bancos solo debían reportar los pagos con tarjeta o mediante Bizum cuando superaban los 3.000 euros al año por empresario o profesional. Con el nuevo decreto, las reglas cambian y conviene conocerlas para no llevarse sorpresas.

En 2026 desaparece ese umbral y los bancos deberán enviar información mensual de todos los cobros que reciban las empresas a través de estos sistemas, independientemente de la cuantía.

¿Cómo controlará Hacienda los pagos por Bizum?

Los bancos son los que informarán a Hacienda de los movimientos por Bizum de empresas y profesionales. Las entidades financieras deberán ofrecerles estos datos mensualmente:

La identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes. Número de comercio con el que operan. Terminales de venta. Importe mensual facturado con Bizum. Identificación de las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros por parte de los empresarios y profesionales.

En cualquier caso, si tienes alguna duda,el Ministerio de Hacienda ha publicado una nota para corregir informaciones erróneas que han circulado en los últimos días en internet y medios de comunicación sobre las novedades fiscales en los pagos realizados mediante Bizum.

Pagos por Bizum: ¿y si eres particular?

Si eres particular, no tienes que preocuparte porque todo seguirá como siempre. De momento, solo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España. Quedan así excluidos los cobros entre particulares.

Es decir, los pagos puntuales entre particulares para saldar cuentas, por ejemplo una comida, un viaje o un regalo compartido; siguen sin generar una obligación fiscal. Pero, si hay sospecha de donación, actividad económica o ingresos recurrentes, la Agencia Tributaria también puede requerir información adicional.

Bizum indica en sus guías que los movimientos por 10.000 euros al año se consideran un umbral orientativo. Si se supera, es más probable que Hacienda preste atención a esos pagos.

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