Teletrabajo
El Consejo de Ministros prevé aprobar la regulación del teletrabajo, con la nueva Ley del Trabajo a Distancia para el ámbito privado y la modificación del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público en el caso de la Administración Pública, según fuentes el Gobiernos. En lo que respecta a la Ley del Trabajo a Distancia, el borrador presentado por el Gobierno elevaba del 20% al 30% el porcentaje sobre lo que se considera trabajo a distancia de carácter regular, frente al 20% inicial. En términos generales, el trabajo a distancia será voluntario y reversible, de acuerdo con la regulación que se prevé aprobar y que por ahora no cuenta con el visto bueno de todos los agentes sociales. Según el texto, la modificación del porcentaje de presencialidad sólo podrá realizarse si concurre voluntariedad tanto por parte de la persona trabajadora afectada como por parte de la empresa y se realizará de conformidad con lo previsto en el convenio colectivo o el acuerdo de empresa que resulten de aplicación.
Tres modalidades de trabajo
La futura ley distingue entre trabajo a distancia (actividad laboral desde el domicilio o el lugar elegido por el trabajador, con carácter regular); teletrabajo (trabajo a distancia realizado exclusivamente o de manera prevalente por medios y sistemas informáticos o telemáticos), y trabajo presencial (el que se presta en el centro de trabajo o en el lugar que elija la empresa).
Los empleados que trabajen a distancia tendrán los mismos derechos que los presenciales y no podrán sufrir perjuicio de sus condiciones laborales, incluyendo retribución, estabilidad en el empleo, tiempo de trabajo, formación y promoción profesional.
Respecto al ámbito público, el Gobierno y los sindicatos del área cerraron un acuerdo con las organizaciones sindicales sobre el teletrabajo para el conjunto de los empleados públicos de todas las administraciones, que se formaliza en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas. El teletrabajo en las administraciones pasará a ser voluntario y reversible y los funcionarios que opten por esta modalidad de trabajo tendrán garantizados los mismos derechos y obligaciones que los que acudan a su puesto de manera presencial.