QUERELLA PRESENTADA POR UPYD
Según especifica en un auto hecho público este lunes, el magistrado investigará por delitos de estafa, estafa de inversores, apropiación indebida, publicidad engañosa, administración fraudulenta o desleal y maquinación para alterar el precio de las cosas a los responsables de los folletos de las emisiones de participaciones preferentes de Caja Madrid Finance Preferred S.A., Carlos Stilianopoulus; de Caja Madrid, Fernando Cuesta y Carlos Contreras; de Bancaja Eurocapital Finance, Aurelio Izquierdo; y de Bancaja, José Fernando García.
No obstante, ha rechazado imputar como solicitaba la formación al exgobernador del Banco de España Miguel Angel Fernández Ordóñez y al expresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Julio Segura.
Andreu explica que los delitos mencionados son competencia de la Audiencia Nacional. Recuerda que nos encontramos en la fase inicial de la investigación y que "de verificarse en fase de instrucción indicios racionales sobre la comisión de los hechos que son objeto de denuncia, no puede descartarse su relevancia penal y aún menos sin haberse efectuado un mínimo de actividad de instrucción sumarial".
El magistrado indica que comparte con el Ministerio Fiscal que "la delgada línea que puede separar en este tipo de hechos el ilícito penal del civil" pero precisa que "no es en absoluto descartable la existencia del primero".
Asegura que la tutela judicial ampara a quien acude a los tribunales a fin de que se investigue si en el diseño implantación, emisión, comercialización y gestión de estos productos financieros pudiera haberse incurrido en delito. Así, entiende que debe romperse el mito de acudir preferentemente a la vía penal cuando se puede obtener respuesta más eficaz ante la vía civil y contenciosa.
No obstante, precisa que este criterio basado únicamente en la eficacia y rapidez "lo es solo en lo que se refiere a la reparación indemnizatoria y no puede servir de excusa para crear espacios de impunidad si es que se ha cometido algún ilícito penal".
Andreu ha adoptado esta decisión después de que la Fiscalía Anticorrupción le informara el pasado 31 de mayo que el lanzamiento y la venta de preferentes no constituye delito ni se puede determinar que hubiera "un plan preconcebido" para su gestión y diseño. "Nos encontramos con un producto que en sí mismo no puede considerarse fraudulento y que, a la fecha de su comercialización, se encontraba autorizado y regulado por la CNMV", señalaba el Ministerio Fiscal en cuatro escritos presentados al juez.