Inteligencia Artificial
La ley de la UE es la primera regulación internacional de Inteligencia Artificial del mundo y en ella se clasifican 4 niveles de riesgo.
¿Es posible poner límites a la inteligencia artificial? Hoy por hoy resulta imposible dar una respuesta a largo plazo aunque sí se están dando pasos en esa dirección. La Unión Europea, tras más de 35 horas de negociación cerró un acuerdo para fijar las primeras reglas con las que frenar los riesgos de esta tecnología.
Se trata de la primera regulación internacional de Inteligencia Artificial del mundo y en ella se clasifican los niveles de riesgo y las restricciones que deben acompañar en función de la escala.
La Comisión Europea fija dos objetivos claros para esta norma: por un lado garantizar que la inteligencia artificial que se use en territorio europeo sea segura y respete los derechos de los ciudadanos y el segundo estimular la inversión y la innovación en este ámbito. Su entrada en vigor está prevista a partir de 2026.
La propia Comisión Europea publica los detalles de esta normativa y basándonos en dicha información vamos a explicar cuáles son los niveles de riesgo que se han especificado.
Indica la Comisión Europea que "la inmensa mayoría de los sistemas de inteligencia artificial utilizados actualmente o que probablemente se van a utilizar en la UE pertenece a esta categoría". Para estos sistemas la legislación existente es válida y de forma voluntaria los proveedores de los mismos pueden optar por aplicar los requisitos de una inteligencia artificial digna de confianza y adherirse a códigos de conducta facultativos.
En estos casos lo que se exige son una serie de obligaciones y el ejemplo que se expo es que en situaciones en los que existe un riesgo de manipulación los usuarios tienen que saber que están interactuando con una máquina.
En este saco se meten aquellos sistemas de inteligencia artificial que tienen un impacto potencial negativo en la seguridad de las personas o en sus derechos fundamentales.
Solo unos usos muy concretos de la inteligencia artificial se engloban en este apartado y por regla general se oponen a los valores de la UE porque vulneran los derechos fundamentales. Estos quedan prohibidos. A continuación detallamos los que se incluyen:
Mención aparte merece la identificación biométrica remota porque hay una serie de excepciones de este método con fines policiales. En concreto las actividades que tienen que ver con los siguientes 16 delitos:
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