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Una polémica que ya parecía superada

Violencia de género: distintas definiciones para una misma lacra social

VOX ha vuelto a reabrir un debate que ya parecía más que superado. De hecho ha sido uno de sus puntos claves en su programas: la derogación de la ley de Violencia de Género porque consideran que el término “género” está politizado. Lo cierto es que existen varios términos que a menudo se utilizan de forma arbitraria. Violencia intrafamiliar, violencia doméstica, violencia de género, o violencia contra la mujer, suelen confundirse pero cada uno de ellos tiene un matiz.

Violencia de géneroFreepik

VOX ha vuelto a reabrir un debate que ya parecía más que superado. De hecho ha sido uno de sus puntos claves en su programas: la derogación de la ley de Violencia de Género porque consideran que el término "género" está politizado. Lo cierto es que existen varios términos que a menudo se utilizan de forma arbitraria. Violencia intrafamiliar, violencia doméstica, violencia de género, o violencia contra la mujer, suelen confundirse pero cada uno de ellos tiene un matiz.

La violencia intrafamiliar

Cualquier tipo de violencia que se ejerce en el seno de la familia, sea quien se su autor y su víctima. "Toda acción u omisión cometido en el seno de la familia por uno de sus miembros, que menoscaba la vida o la integridad física o psicológica, o incluso la libertad de otro de los miembros de la misma familia, y que causa un serio daño al desarrollo de la personalidad", así lo define el Consejo de Europa.

Violencia doméstica

Era el término que se utilizaba en España hasta la aprobación de la Ley del 2004. Es la violencia que se produce dentro de casa por lo que el término es un poco más amplio incluyendo a personas que tengan algún vínculo no necesariamente familiar, cómo puede ser un cuidador.

Definición de 'Violencia de género' en la Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género

En España comenzó a utilizarse de forma específica el término de 'violencia de género' a partir del año 2004 con la aprobación de la Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género. En el primer artículo de la ley ya planteaban una definición: “Todo acto de violencia (…) que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”

Cómo la define la ONU

Las Naciones Unidas ya utilizaron el término hace treinta años cuando la Asamblea General de 1993 aprobó una Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Allí definieron la violencia contra la mujer como "todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad

Definición de la RAE

La RAE también recoge el término y lo califica como la “Violencia física o psicológica cometida contra una mujer que es o ha sido esposa del agresor o está o estuvo ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, que se comete como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres”.

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