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Toque de queda Canarias

El Tribunal Supremo rechaza el toque de queda en Canarias al considerarlo injustificado

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado el toque de queda contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de aplicar el toque de queda en las islas atendiendo a la incidencia de casos de coronavirus.

Según el comunicado publicado este 27 de julio por el Tribunal Supremo de Canarias, la limitación de la libertad de circulación propuesta por el Gobierno ante el aumento de contagios de la isla de Tenerife, no es proporcional y además está injustificada.

"No estimamos que sea proporcionada la restricción de la libertad de circulación para impedir botellones en espacios públicos. No se ha acreditado que la situación en la que se encuentra la epidemia represente un peligro tan grave e inminente", lee el comunicado.

Rechazado el toque de queda en Canarias por falta de justificación

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación contra el auto del 14 de julio del TSJC en el que se acordó no establecer el toque de queda entre las 00:30 y las 06:00 horas en la isla de Tenerife, tras la propuesta realizada por el gobierno canario el 8 de julio.

El Supremo considera que el auto del TSJ canario carece de justificación y que la medida de la limitación de la circulación nocturna, no es proporcional. De esta forma, el Supremo hace alusión a la sentencia donde se avaló el confinamiento del municipio de Peal de Becerro en Jaén, donde la tasa de incidencia era más de diez veces superior a la que mantienen ahora.

Sin embargo, el Supremo indica que en esa localidad de Jaén se trataba de un cierre perimetral y no de un 'toque de queda', "que exige una mayor justificación sobre que las medidas son indispensables para salvaguardar la salud pública".

De esta forma, considera que el acuerdo adoptado "es excesivo" y evitable, por lo que a pesar de saber que la medida es "para luchar contra la enfermedad y facilitar el funcionamiento del Servicio de Salud", existen otros "medios ordinarios menos restrictivos para resolver la problemática que se plantea".

Asimismo rechaza que haya contradicción entre el pronunciamiento del Tribunal canario y el de Valencia, Cataluña y Cantabria, ya que las medidas propuestas por el Gobierno canario "no son idóneas a estos efectos" examinados por estos tribunales, cuando en otras comunidades autónomas como en Extremadura sí lo son.

Por ello, asegura que las medidas restrictivas con el objetivo de frenar la pandemia del coronavirus en estas administraciones autonómicas estaban justificadas "con apoyo en los datos de alta incidencia del número de contagiados y de su presión en el sistema sanitario, lo que la Sala de Canarias echa de menos en este caso".

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