LA AUDIENCIA DE CANTABRIA RECHAZA SU RECURSO

Seis meses de cárcel por vender por Internet un carrete de caña de pescar que nunca entregó

El condenado, un hombre marroquí, adoptó un nombre falso en una página web para vender el producto, comprado por una persona de Cantabria y por otra de Canarias. El estafador recibió 676 euros en total pero sus clientes nunca recibieron el carrete. Él, en su recurso, alegó que se trataba de un negocio mercantil no culminado.

La Audiencia de Cantabria ha condenado a la pena de seis meses de cárcel a un hombre de nacionalidad marroquí que ofertó por internet un carrete de caña de pescar, por el que percibió 676 euros de dos clientes, uno de esta región y otro de Canarias, a los que no entregó producto alguno. La sentencia, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, rechaza el recurso de apelación interpuesto por el acusado del delito de estafa, A.B., mayor de edad y sin antecedentes, y confirma así un fallo previo del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander.

De acuerdo con la resolución judicial, el procesado ofertó a finales de noviembre de 2011 a través de un foro de internet la venta de un carrete de caña de pescar, con la intención de lucrarse ilegítimamente, al tratar de enriquecerse sin efectuar contraprestación alguna. Con el anuncio consiguió, al aparentar que era un vendedor con otro nombre, que dos hombres interesados en adquirir el artículo abonasen en su cuenta bancaria 340 y 336 euros cada uno, esto es, un total de 676, como compradores del carrete, que no recibieron en sus domicilios, en el Valle de Villaverde y Lanzarote, pese a que al acusado se comprometió a efectuarles la entrega.

A.B. fue condenado por el Juzgado de lo Penal a seis meses de prisión por un delito de estafa, y a que indemnizara a las víctimas con las correspondientes cuantías, 340 y 336 euros. Y aunque recurrió esta sentencia alegando que no se había probado el engaño y que se trataba de un negocio mercantil no culminado, la Audiencia Provincial ha ratificado el fallo de instancia, al considerar probado que ofertó la venta del carrete, contactó con dos personas distintas a las que vendió el mismo artículo por importes diferentes, cobró y se quedó con el dinero, y no entregó el producto adquirido. La nueva sentencia, que es firme, condena también al acusado al pago de las costas.

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