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Sanción

Sancionado un médico en Vigo por entrar en el expediente de un paciente para invitarla "a tomar una caña"

El facultativo defendió que su intención era profundizar en posibles problemas psicológicos o psiquiátricos de la paciente. La justicia considera que vulneró la normativa y le impone cinco años de sanción.

Consulta de médico Pixabay

El doctor sancionado trabajaba en el equipo de valoración de la discapacidad de la Consellería de Política Social en Vigo. Ahora tendrá que dejar de hacerlo durante, al menos, cinco años, tras haber sido sancionado por acceder al expediente clínico de una paciente con el fin de obtener su número de teléfono y quedar con ella fuera del ámbito de su competencia. Es decir, por pedirle una cita en una cafetería a través de su teléfono personal, fuera de toda vía médica habitual evidentemente.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Vigo ha confirmado la sanción y, con ella, la imposibilidad de ejercer ese puesto durante cinco años, además de su exclusión de las listas de contratación en las que figuraba.

Los hechos se remontan a junio de 2024. Según recoge la resolución judicial, el médico atendió por la mañana a la mujer en su consulta para valorar su grado de discapacidad. Una cita que duró aproximadamente 30 minutos. Por la tarde, fuera de su horario laboral, regresó a la consulta. ¿Con qué objetivo? Acceder al expediente de esta mujer y hacerse con su número de teléfono. Fichó de nuevo, entró en el sistema, cogió el teléfono y la llamó desde su móvil personal poco después.

Contactó con su paciente a través de su teléfono móvil personal

"Está registrado de forma objetiva, informática, que el recurrente, fuera de su jornada laboral, acudió (…) con el propósito principal de acceder indebidamente a los datos personales de la paciente", relata la sentencia.

El médico reconoció durante la investigación que su intención era "tomar una caña y quedar con ella, sin más". La mujer aceptó la propuesta y ambos tuvieron una cita en una cafetería. El facultativo defendió que su intención era profundizar en posibles problemas psicológicos o psiquiátricos que podrían estar relacionados con las dolencias físicas de la paciente, haciendo referencia a que el tiempo de consulta no había sido suficiente para abordar esa cuestión.

No obstante, el juez considera probado que el acceso al expediente vulneró la normativa vigente, en concreto la Lei do Emprego Público de Galicia, que prohíbe utilizar datos personales para fines ajenos a la actividad profesional. La iniciativa no parte de la paciente, recoge el magistrado en la sentencia; "No ha sido ésta la que llamó al doctor, no fue la denunciante la que pidió una cita, y mucho menos, hay rastro de que hubiese sido ella la que le hubiese facilitado su número de teléfono".

Además, la resolución subraya que el hecho de que la paciente aceptase la invitación no legitima la actuación, ya que estuvo condicionada por la posición de superioridad derivada de la relación profesional, lo que impide considerarla plenamente libre. Por ello, el comportamiento de este doctor "constituye una extralimitación inaceptable, un abuso de la condición profesional injustificable".

La defensa sostuvo que fue la mujer quien facilitó su teléfono, pero el juzgado no aprecia pruebas que respalden esa versión, mientras que sí constan registros del acceso al expediente clínico. Se le sanciona por dos faltas muy graves: uso indebido de documentación o información obtenida por razón del cargo y prevalerse de la condición de empleado público para obtener un beneficio indebido. La sanción de cinco años le impedirá desempeñar su profesión por el momento.

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