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Violencia machista

Marta Dolado, abogada especialista en violencia machista: "Sospechamos que el ertzaina está utilizando la ley trans para burlar la ley"

El caso del ertzaina detenido tras presuntamente tratar de atacar a su pareja con un cuchillo y amenazar con dañar a sus dos hijas se está tratando como violencia doméstica y no machista, "una diferencia abismal" según la jurista.

El presunto agresor fue detenido e imputado por un delito de violencia de género y violencia doméstica la madrugada del sábado 17 de agosto, pero dado que en el registro civil figura como mujer "desde el pasado noviembre", cuenta la abogada especialista en violencia machista, Marta Dolado, el órgano encargado de instruir el caso es un juzgado de instrucción al uso, no uno de violencia sobre la mujer. Dolado explica que "la fiscalía sospecha y los abogados sospechamos" que el ertzaina está utilizando ese "recoveco" que la ley trans le ofrece para eludir las responsabilidades que aflorarían de la ley de violencia de género en caso de ser declarado culpable. "Pero son especulaciones", admite Dolado.

Especulaciones que nacen del hecho de que a los ertzainas se les dé "cursos jurídicos de Derecho Penal", y por ello puede suponerse que el sospechoso conociera este hecho. "Si haces una inscripción como esta en el Registro Civil, querrás los efectos legales que afloran de esa inscripción”, supone la abogada.

Se remite al artículo 46 de la ley trans en la que se detalla que "la mención registral del sexo tendrá efectos constitutivos a partir de su inscripción en el Registro Civil", es decir, que no es necesario un cambio en la morfología, tan solo un trámite administrativo.

De ser cierta dicha teoría, sería un "posible fraude de ley", dice Dolado, que recuerda algún caso parecido aunque no sea común. Cita de memoria tres sucedidos en Cantabria, Castilla y León y otro en el País Vasco: "Es un procedimiento en el que los maltratadores encuentran el recoveco de la ley", dice.

"El problema es que nunca se oye a las víctimas. La pareja de este señor, o señora, sabe perfectamente si las agresiones han comenzado antes de ese registro, y no se tiene en cuenta esa cuestión. Estamos protegiendo a las víctimas y no las estamos teniendo en cuenta", opina la letrada. La denunciante sí va a gozar de una orden de alejamiento "pero no va a tener la orden de protección", recuerda. Es decir, "la regulación de su estatus con los hijos, visitas, guardia y custodia, pensión y el uso del domicilio”. Tampoco, explica, “la protección que la ley integral da en materia de seguridad social, ni la protección se asistencia social, jurídica y psicológica".

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