SENTENCIA PIONERA
Un juez de lo Social de Barcelona ha reconocido en una sentencia los derechos laborales de las prostitutas, lo que la convierte en pionera, ya que hasta ahora ningún juez había reconocido el carácter laboral de la prostitución, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Esta sentencia, que aún no es firme porque puede ser recurrida hasta el TSJC, obligaría a los proxenetas a suscribir contratos con las mujeres y conllevarían, por ejemplo, derecho a paro y cotizaciones a la Seguridad Social, publica este lunes 'La Vanguardia'.
Hasta ahora, la jurisprudencia social sólo había reconocido el carácter laboral de las relaciones conocidas como de 'alterne' --estimulación del consumo de bebidas alcohólicas a los clientes de determinados locales a cambio de una participación en el coste de la consumición--, pero lo rechazaba en los servicios de prostitución por cuenta ajena, al considerar que la causa y objeto de la prestación comportaba un ilícito penal y atentaba a derechos fundamentales.
El juez se refiere a una resolución del Parlamento Europeo que considera que toda prostitución (no sólo la forzada) tiene un gran componente de género y constituye una violación de la dignidad humana, pero argumenta que mientras España no erradique todas las formas de prostitución, el no reconocimiento de los derechos laborales agrava aún más la situación.
"Mientras el Estado español siga ofreciendo cobertura legal al proxenetismo --vía reglamentación administrativa y despenalización aplicativa-- sin ofrecer cobertura jurídica específica al ejercicio de la prostitución se agrava el atentado a la dignidad, a la libertad y la discriminación por razón de sexo", argumenta.
Se trata de un programa piloto que tiene como objetivo evitar y mediar en los incidentes que se puedan dar en los centros escolares.
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