CONDENADO POR DETENCIÓN ILEGAL

Condenan a cinco años de cárcel a un hombre que simuló ser guardia civil para esposar a una joven y llevársela

La joven estaba llorando en la parada de autobús porque había discutido con su novio y él aprovechó el momento de debilidad para engrilletarla en la espalda y decirle que se la tenía que llevar esposada. Un policía nacional fuera de servicio presenció la escena y salvó a la chica.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a cinco años de prisión a un hombre por tratar de llevarse a la fuerza a una joven que estaba en una parada de autobús del distrito de Moratalaz, a la que engrilletó haciéndose pasar por un agente de la Guardia Civil. Así lo detalla la Sección número 29 de la Audiencia Provincial en una sentencia, que considera acreditado las circunstancias de detención ilegal, aunque le absuelve de los delitos de falsedad documental y de usurpación de funciones al entender que estos elementos forman parte esencial del intento de rapto por el que es condenado.

Además, se le impone una indemnización a la víctima por la suma de 2.000 euros por los perjuicios psicológicos que sufrió. Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Los hechos tuvieron lugar en marzo de 2017 cuando el ya condenado se dirigió a una parada de autobús donde se encontraba una joven de 21 años en la calle Hacienda de Pavones. En ese momento y cuando la joven esperaba al bus, le comentó que era Guardia Civil y se interesó por su estado, pues estaba llorando porque había discutido con su novio.

Una vez que la chica iba a subir al autobús, el condenado la retuvo y le instó a que se tranquilizara. La joven le replicó que quería irse simplemente a su casa y éste le engrilletó por la espalda para comentarle que tenía que acompañarle a comisaría. En ese momento, un agente de Policía Nacional fuera de servicio observó lo ocurrido y se interesó por la "extraña escena". Entonces acudieron más agentes policiales a la zona, por lo que optó por arrojar la cartera con la que se identificaba como Guardia Civil y se liberó a la joven con las llaves de las esposas, que fue trasladada por un ataque de ansiedad.

Durante el juicio, el tribunal consideró que las manifestaciones para justificar que esposara a la víctima, al indicar que la joven estaba en estado de excitación por problemas con su novio, no tienen "ningún sentido ni lógica". "En cualquier caso de ser cierto el negado comportamiento también es, además de inapropiado, ilógico. Esta sala no llega a entender la razón de esposar a la joven, si lo que quería era llevarla a comisaría para interponer una supuesta denuncia", expone la sentencia. Por su parte, la defensa alegó que sufrió un brote psicótico por consumo de drogas y alcohol.

En este sentido, la Audiencia Provincial expone que el relato de la víctima es "desgarrador" y que negó la versión ofrecida que no estaba nerviosa pero que se dejó esposar ante la creencia que era un agente. A su vez, detalló que este suceso le ha generado "continuas pesadillas" y que tiene que tomar medicación para conciliar el sueño, pues antes "nunca había tenido miedo que siente ahora en su vida cotidiana".

Por otro lado, el agente de Policía Nacional que advirtió el intento de rapto comentó que oyó a dos personas discutiendo y que se fijó en la frase 'si me tienes que detener, detenme', por lo que pensó que era una actuación policial pero le extrañó que la intervención la ejerciera una sola persona pues los policías suelen actuar en pareja. Además, alegó que el condenado "era consciente de que lo que hacía era peligroso, como si no fuera la primera vez que lo hacía, y tenía actitud normal".

Finalmente, la Audiencia Provincial no ve acreditado la influencia del consumo de drogas ni la alegación de brote psicótico y entiende que no se dio ninguna circunstancia que modificara su responsabilidad criminal. A su vez, detalla que teniendo en consideración las circunstancias personales del acusado, el periodo de tiempo que duraron los hechos y las circunstancias que rodearon a la detención ilegal (en un lugar público con presencia de otras personas y carente de agresividad), corresponden fijar una pena mínima de cinco años.

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