DGT
El casco para conducir una moto que la DGT obliga a usar desde octubre 2026
El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación para mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, como peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal.
Los motoristas tendrán que estar atentos a los cambios que trae la actualización del Reglamento General de Circulación. En este sentido, Interior ha revisado las normas para adaptarlas a la movilidad actual y reforzar la seguridad de quienes circulan por carretera y ciudad.
La nueva normativa introduce varias novedades que afectan a la forma de circular y a la protección de los usuarios más vulnerables. ¿Quieres saber qué cambios se llevarán a cabo si eres motorista? Te contamos cuáles son las principales novedades y cómo te afectarán en tu día a día.
¿Qué casco de moto será obligatorio?
Antes los conductores de ciclomotores estaban abiertos a usar un casco certificado, pero a partir de octubre, no solo debe ser certificado, sino homologado.
Es decir, requieren de la homologación actualmente en vigor ECE 22.06. ¿Por qué se ha decidido este cambio? Básicamente porque su eficacia en caso de accidente se encuentra muy por encima de lo que estaba anteriormente.
Ahora bien, el tipo de casco permitido sigue siendo el mismo. Integral, modular, adventure o jet, todos ellos son legales siempre que estén homologados ECE 22.06.
¿Y cuándo será obligatorio este cambio?
Todas las personas que empleen un casco certificado no homologado en su ciclomotor podrán seguir haciéndolo hasta el 1 de octubre de 2027. A partir de entonces, la sanción aplicable será de 200 euros al ser considerada falta grave, incurriendo en la sustracción de 2 a 4 puntos si el agente así lo considera.
¿Qué otras modificaciones sobre motos se han aprobado?
Además del casco, tras la aprobación de este reglamento, los motoristas también:
- Deben llevar guantes obligatorios en vías interurbanas. Tanto conductores como pasajeros de moto y ciclomotor deberán llevar guantes de protección en autopistas, autovías, carreteras nacionales y cualquier vía fuera de población. La multa por incumplimiento es de 200 euros.
- Tienen que llevar calzado cerrado en cualquier vía.
- Conducir moto o ciclomotor con chanclas, sandalias o cualquier calzado abierto pasa a ser infracción grave desde el 1 de octubre, tanto en ciudad como en carretera. Su incumplimiento supondrá una multa de 200 euros.
- Pueden circular por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros/hora y previa señalización del tramo.
- Deben llevar chaleco reflectante en todo momento. Si no lo hacen, supondrá una infracción grave con sanción económica de 200 euros.