Manada de Manresa

Busca y captura para dos miembros de la 'Manada de Manresa'

Orden de busca y captura para dos de los 4 miembros de la "manada de manresa". Tenían que haberse presentado hoy en la vista para saber si ingresaban en prisión, pero dos de ellos no han aparecido. Están condenados a 10 y 12 años de cárcel por abuso sexual a una menor.

En Resumen
  • La sentencia ha sido recurrida por la Fiscalía porque fueron condenados por abuso y no por agresión sexual
  • Los cinco abusaron de la chica, según la sentencia, aprovechándose de que estaba "bajo los efectos del alcohol"

Dos de los condenados por abuso sexual a una menor en Manresa (Barcelona) en 2016, caso conocido como la 'manada' de Manresa, no se han presentado este miércoles en una vista en la Audiencia de Barcelona para determinar si tienen que ingresar en prisión preventiva, pese a que la sentencia aún no es firme, y la Fiscalía ha pedido la búsqueda y captura.

La Sección 22 ha realizado este miércoles por la mañana la vista, a puerta cerrada, para resolver sobre la situación de cuatro de los cinco condenados, y han acudido dos, cuyos abogados han defendido su arraigo personal y laboral, y que han cumplido con las medidas cautelares impuestas hasta el momento, por lo que se han opuesto a su encarcelamiento.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha informado en un comunicado de que la sala resolverá si los envía a prisión en una vista el 17 de diciembre, cuando está prevista la comparecencia del quinto condenado.

La violación ocurrió en una fiesta en una casa abandonada a las afueras de Manresa y por eso fueron juzgados y condenados los cinco por un delito de abuso sexual. La sentencia relataba que todos ellos "penetraron vaginalmente a la víctima" aprovechándose de que esta "se encontraba bajo los efectos del alcohol".

Debe considerarse como agresión sexual y no abuso sexual aquellos actos en los que la víctima no puede mostrar su rechazo o consentimiento por encontrarse bajo los efectos del alcohol, según estableció el Supremo para el caso de la 'Manada de Pamplona'

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La Fiscalía y la acusación particular han recurrido la sentencia porque entienden que no se ha seguido la doctrina que el Tribunal Supremo estableció respecto del caso de la manada de Pamplona por el que debe considerarse como agresión sexual y no abuso sexual aquellos actos en los que la víctima no puede mostrar su rechazo o consentimiento por encontrarse bajo los efectos del alcohol.

El recurso se encuentra ahora pendiente de resolución por parte de la sala penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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