COVID persistente
La mujer, de 61 años, presenta problemas neurológicos, óseos, articulares, digestivos y respiratorios.
Una auxiliar de enfermería de un centro público del Sergas en la provincia de Ourense acaba de recibir la incapacidad permanente absoluta por las graves secuelas que acarrea por un coronavirus persistente desde, prácticamente, el comienzo de la pandemia. Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Xustiza, después de un juzgado ourensano y tras el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Este último argumentaba que la mujer sí podía desempeñar otros trabajos y continuar con su vida laboral, aunque no fuese en su habitual puesto de trabajo.
La protagonista, de 61 años, se contagió de COVID trabajando y fue al comienzo de la presencia del virus en España: el 10 de marzo de 2020, poco antes de la implantación del estado de alarma, siendo uno de los primeros casos en la provincia de Ourense. Se acogió a la baja laboral pertinente por ese problema de salud y se reincorporó a su puesto de trabajo en cuanto pudo. Sin embargo, en enero de 2022 sufrió una recaída que la apartó completamente de su puesto por las graves secuelas que le quedaron. De hecho, en 2023 le concedieron una incapacidad permanente total.
La mujer presenta el síndrome post-COVID, más concretamente COVID persistente con afectación mulisistémica. Esto quiere decir que afecta a varios sistemas y/u órganos de su cuerpo. En su caso cuenta con afectaciones generales, neurológicas, osteo-articulares, digestivas y respiratorias. Presenta dolores torácicos, cansancio permanente, fatiga a mínimo esfuerzo, cefaleas recurrentes y deterioro cognitivo.
En primera instancia, el juzgado que llevó el caso en la ciudad ourensana consideró que la mujer no podía desempeñar su trabajo, pero el bueno recurrió la decisión, lo que escaló el caso al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que viene de dictar sentencia en favor de la mujer.
Ante este órgano judicial la administración argumentaba lo siguiente: “La actora está limitada para tareas que requieran grandes esfuerzos y trabajos de riesgo, limitaciones que suponen repercusión funcional en actividades como la que realiza habitualmente, de auxiliar de enfermería, pero tales lesiones no le impedirían, en el momento actual, el desempeño de todas y cada una de las actividades que componen la amplia gama del mercado laboral, con lo que no procedería el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta postulada”. Esto es, la administración consideraba que la mujer sí podía desempeñar otros trabajos distintos al de auxiliar de enfermería, por lo que no consideraba oportuno apartar a la mujer del mundo laboral en su conjunto.
La respuesta del TSXG, ante el recurso, expuso lo siguiente: “La repercusión funcional de su cuadro clínico es cabalmente incompatible con el desempeño, en condiciones socialmente normalizadas, de cualquier quehacer laboral en sentido profesional”. Esto, lo respaldan en que la susodicha “presenta COVID persistente con una gran afectación multisistémica de carácter notoriamente arraigado”. De este modo, el TSXG concedió la incapacidad absoluta a la auxiliar de enfermería.
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