Galicia
El Promotor de la Acción Disciplinaria señala que el Consejo General del Poder Judicial solo podría proceder en estos casos previa comunicación remitida por el Tribunal Superior andaluz, y no es el caso.
El asunto causó revuelo hace semanas y hoy va un paso más allá. Una jueza de Marbella se refirió a una mujer gallega como vecina de la "Galicia profunda". La magistrada utilizó esa expresión en un auto con el cuál se la privaba, a esta mujer, de la custodia de un menor. Además de ese argumento, la jueza agregó muchos otros puntos mediante los cuales se explicaba porqué la guarda y custodia pasaba al padre del niño y no a la madre.
La denuncia de la abogada de esta vecina gallega no se hizo esperar. La anunció primero en los medios y después la formalizó. "No podemos permitir que una jueza discrimine a mi clienta por vivir en una población u otra", explicó la letrada Claudia Traba el pasado mes de octubre.
Una resolución negativa para la defensa de la madre
La resolución ha llegado hoy a los medios, por parte del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, y es negativa para esta abogada. El Promotor de la Acción Disciplinaria ha acordado el archivo de la denuncia interpuesta a la jueza de Marbella alegando, fundamentalmente, dos motivos: El Tribunal Superior de Andalucía no ha sido el que ha remitido el procedimiento, y es este órgano el que debe hacerlo; y la madre del menor no firma el documento.
Por su parte, la denunciante ha confirmado a Antena 3 Noticias que si el motivo del archivo es que no existe firma la madre, se les remitirá otro documento con la rúbrica. Mientras, se encuentra a la espera de leer la totalidad de la resolución.