TJUE
Lo ha decidido el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia sobre un caso planteado en Rumanía
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha decidido que una empresa tiene que pagar los gastos de gafas graduadas o de lentillas para sus empleados que necesiten trabajar delante de una pantalla de un ordenador. Esta decisión es en base a una reciente sentencia de un caso que se planteó en un juzgado de Rumanía.
No es necesario que se haya producido un trastorno de la vista provocado por el uso de pantallas de visualización, según ha aclarado el TJUE en la resolución del pasado 22 de diciembre. Además, esta sentencia confirma las conclusiones que presentó una abogada general del TJUE en julio de 2022, argumentando que los empleados que presentasen un reconocimiento médico para necesitar gafas o lentillas delante del ordenador no tendrían que sufrir los gastos implicados.
La justicia europea se ha basado en la directiva que regula los derechos sobre seguridad y salud en trabajos con pantallas. Han establecido que el empresario está obligado a "proporcionar a los trabajadores afectados un dispositivo corrector especial" (gafas o lentillas), ya sea con la propia entrega del mismo o con un "reembolso de los gastos".
El caso en Rumanía
Se ha tomado esta decisión porque un tribunal de Rumanía llevó el caso ante el TJUE. Un funcionario había demandado a su empresa porque ésta se negaba a reembolsarle los 530 euros, aproximadamente, que le habían costado las gafas nuevas.
El hombre defendía que lo que le había deteriorado su vista era el trabajo frente la pantalla, la falta de luz natural y la sobrecarga. La justicia europea ha acabado concluyendo que para que el trabajador pueda tener un beneficio de estos "dispositivos correctores especiales", no es estrictamente necesario que estos problemas visuales sean consecuencia directa del uso de pantallas.
Lo único que se tendrá que comprobar es que las gafas sirvan para corregir los trastornos de vista relacionados con el trabajo y "no problemas de vista de carácter general".