SENTENCIA CASO NÓOS
El Supremo ha rebajado, de 6 años y tres meses, a 5 años y diez meses la pena que la Audiencia Provincial de Palma impuso a Iñaki Urdangarin por el Caso Nóos, y le impone una condena por malversación, prevaricación, fraude a la Admnistración, dos delitos fiscales y tráfico influencias que no le evitará la prisión.
La Audiencia de Palma, el tribunal que dictó la condena para Iñaki Urdangarin que el Supremo ha mantenido este martes en lo esencial salvo por una ligera rebaja en la pena de 5 meses, será la que decidirá en primera instancia si el marido de la Infanta Cristina debe o no ingresar en prisión.
El fiscal previsiblemente pedirá, tras conocer la sentencia, que se celebre una vista para decidir si se adoptan medidas cautelares para los afectados en tanto no se convierte en firme la sentencia. Para que se confirme definitivamente el fallo del Supremo solo resta el dictamen del Tribunal Constitucional, al que probablemente acuda en petición de amparo el reo.
La petición del fiscal para Urdangarin será de prisión preventiva, casi con total seguridad, dada la gravedad de la condena. Ante esa solicitud, la Audiencia puede suspender su ingreso, ante la perspectiva de que el TC admita a trámite el recurso, o enviarle a la cárcel.
Lo cierto es que, aun en el caso de que el TC admita a trámite el recurso de Urdangarín, lo previsible es que no suspenda la ejecución de la pena y que por tanto, tampoco evite el ingreso en la cárcel del reo o de la orden de que salga de la cárcel si hubiera ingresado ya.
Habitualmente, el TC solo suspende al admitir a trámite un recurso de amparo contra una condena si la pena en cuestión es inferior a cinco años, lo que no sucede en el caso de Urdangarín.