patraix
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana confirma las condenas de 22 y 17 años de cárcel para el hombre y la mujer acusados de cometer el 'crimen de Patraix'. Además, ha desetimado los recursos de apelación interpuestos.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana confirma las condenas a 22 y 17 años de cárcel para una mujer y un hombre por asesinar al marido de ella en un barrio de Patraix, en Valencia, en 2017.
La resolución, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, desestima los recursos de apelación presentados por los condenados, María Jesús M.C., y Salvador R.L., contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia el pasado año.
La Sala de lo Civil y Penal no aprecia la vulneración de derechos fundamentales como la presunción de inocencia, alegada por el abogado defensor ante la influencia que, a su juicio, había tenido en el veredicto del jurado popular un posible "juicio paralelo" por la trascendencia informativa.
La Sala concluye que el jurado popular "realizó una motivación más que suficiente" sobre la participación de la condenada en la muerte de su marido.
El Tribunal tampoco estima los motivos del recurso por infracción de ley en relación a la aplicación del delito de asesinato y la agravante de alevosía, así como por la pena finalmente impuesta, "que si bien no es la mínima tampoco es la máxima", por lo que no puede ser calificada de "arbitraria".
Los magistrados también han desestimado el recurso interpuesto por la representación del otro condenado. La Sala rechaza que la sentencia incurra en infracción legal alguna por considerar como leve, y no como muy cualificada, la atenuante de colaboración con la Justicia y confesión tardía, o por no aplicar la atenuante de reparación del daño.
Así, el Tribunal Superior considera ajustada a derecho la pena impuesta a este acusado.
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