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Ley Amnistía

¿Qué dice el artículo 4 de la directiva europea sobre la malversación?

Los fiscales del Procés aluden, para justificar que la malversación no puede ser amnistiada, a un artículo de la directiva comunitaria que obliga a los Estados miembros a "adoptar medidas" para garantizar que la malversación "constituya una infracción penal".

La aplicación de la Ley de Amnistia está generando ya las primeras discrepancias judiciales y, en concreto, un enfrentamiento entre los fiscales del procés y el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, quien ha ordenado a dichos fiscales que se aplique la norma también al delito de malversación que se le atribuye al expresidente catalán Carles Puigdemont y otros líderes del 'procés'.

Los cuatro fiscales del Tribunal Supremo que intervinieron en el juicio del 'procés' -Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno opinan que ese delito no puede ser amnistiable y han solicitado que se reúna la Junta de Fiscales. García Ortiz ha comunicado ya a los 38 fiscales de sala la reunión para que se establezca un criterio único y definitivo. Dicha reunión se prevé muy tensa y, pese a los que opinen los fiscales, la postura que prevalecerá al final será la del fiscal general del Estado, a favor de amnistiar todos los delitos -incluida la malversación- y levantar todas las órdenes de detención nacional que pesan contra líderes del Procés.

Los cuatro fiscales del Procés, en el escrito que han enviado a Álvaro García Ortiz, justifican que la malversación no se puede amnistiar aludiendo al artículo 4 de la Directiva Europea. ¿Qué dice dicho artículo?

En concreto, el artículo 4 de la Directiva 2017/1371 del Parlamento Europeo reza que "los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que la malversación, cuando se cometa intencionadamente, constituya una infracción penal. A efectos de la presente Directiva, se entenderá por malversación el acto intencionado realizado por cualquier funcionario a quien se haya encomendado directa o indirectamente la gestión de fondos o activos, de comprometer o desembolsar fondos, o apropiarse o utilizar activos de forma contraria a las multas para los que estaban previstos y que perjudique de cualquier manera a los intereses financieros de la Unión".

Bruselas, a la espera de estudiar la ley de amnistía

La Comisión Europea aún no se ha posicionado en esta discrepancia sobre si la malversación debe o no amnistiarse. Beatriz Ríos, corresponsal de Antena 3 Noticias en Bruselas, ha informado que "se está estudiando la norma y si es compatible con el derecho comunitario".

"Lo que argumentan los fiscales es que malversar fondos públicos para financiar la independencia pone en serio riesgo los intereses financieros de la Unión. Y lo hace porque fragmenta a un país de la Unión Europea y, por lo tanto, disminuye su contribución al presupuesto comunitario. Habrá que esperar para ver si Bruselas se pronuncia en el mismo sentido", explica Ríos.

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