Regalos
Expertos en transparencia y fiscalidad recuerdan que los altos cargos solo pueden recibir regalos de cortesía y advierten de que determinados obsequios deben ponerse a disposición del Estado y tributar ante Hacienda.
El debate sobre los límites entre cortesía institucional y regalos de alto valor ha vuelto al debate público después de las últimas informaciones relacionadas con el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero. La polémica ha reabierto una pregunta que durante años ha acompañado a la política española: ¿puede un presidente aceptar regalos exclusivos? Y, sobre todo, ¿dónde está el límite legal?
La legislación vigente durante la etapa de Zapatero establecía restricciones claras para los altos cargos. "Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía", recoge la normativa a la que hacen referencia los expertos consultados.
La clave está precisamente en esa definición. ¿Qué entra dentro de un uso social habitual y qué deja de serlo? Para Elisa de la Nuez, abogada y secretaria general de la Fundación Hay Derecho, el margen es reducido.
"Se pueden hacer regalos de cortesía conforme al uso social o regalos pequeños", explica. Y pone un ejemplo claro sobre el límite de esos obsequios: "Este no es un regalo de cortesía, un libro sí".
La experta recuerda además que algunos códigos de conducta internacionales fijan cantidades máximas orientativas para este tipo de presentes. "En algunos códigos de conducta se habla de regalos de como mucho 50 euros, pero en el código que regula estos altos cargos no se dice nada".
La cuestión adquiere otra dimensión cuando se trata de objetos de valor elevado, como joyas exclusivas o artículos de lujo. En esos casos, los especialistas consideran que el cargo público no debería quedárselos.
"No las debería aceptar", señala de forma tajante Elisa de la Nuez al ser preguntada por la posibilidad de que un expresidente reciba piezas de alto valor.
Carlos Cruzado, presidente de los Técnicos de Hacienda (Gestha), recuerda además que existe una obligación administrativa respecto a esos regalos: "Tiene obligación de poner a disposición de patrimonio del estado ese regalo". Y añade: "Son propiedad del Estado".
La fiscalidad es otro de los puntos que aparece en el debate. Los expertos subrayan que determinados obsequios deben tributar como donaciones si superan ciertos valores económicos.
"Regalos que tengan un alto valor sin duda deberían declarase y tributar por el impuesto de donaciones", apunta Carlos Cruzado.
Además, Miguel Ángel Blanes, doctor en Derecho y especialista en transparencia, insiste en que el problema no desaparece aunque el regalo se produzca una vez abandonado el cargo público. "Es que no las debería aceptar", sostiene.
El propio código interno del PSOE establece limitaciones sobre la aceptación de regalos y beneficios personales.
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