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Unión Europea

El juez Llarena acudirá al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para revisar las euroódenes de Carles Puigdemont

El juez instructor del 'procés', Pablo Llarena, concede tres días de plazo al fiscal, a las partes acusadoras y a los abogados de Carles Puigdemont, Lluis Puig, Antoni Comín y Clara Ponsatí para que puedan presentar alegaciones sobre la necesidad de dirigirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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El juez Llarena acudirá al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para revisar las euroódenes de Carles Puigdemont

El juez instructor del 'procés', Pablo Llarena, concede tres días de plazo al fiscal, a las partes acusadoras y a los abogados de Carles Puigdemont, Lluis Puig, Antoni Comín y Clara Ponsatí para que puedan presentar alegaciones sobre la necesidad de dirigirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Pablo Llarena, instructor de la causa del 'procés', ha concedido tres días de plazo al fiscal, a las demás partes acusadoras y a los abogados de los procesados como Carles Puigdemont, Lluis Puig, Antoni Comín y Clara Ponsatí para que formulen alegaciones sobre la necesidad de dirigirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Los abogados quieren plantear al TJUE una cuestión prejudicial para conocer cuáles son las razones de denegación de una orden de detención y entrega europea, con esto quieren poder establecer criterios estables que conduzcan la decisión de mantener, retirar o emitir nuevas Órdenes Europeas de Detención contra todos o algunos de los procesados del 'procés'.

El juez ha pedido a las partes que informen sobre el contenido de la cuestión y explica que la autoridad judicial de ejecución belga le ha comunicado oficialmente el 1 de febrero de 2021 su decisión, de denegar la entrega del procesado Lluis Puig.

El juez Llanera recuerda que se han emitido órdenes de detención europeas a los procesados Lluis Puig, Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí y asegura que las normas establecidas en el Derecho de la Unión Europea sobre la orden de detención y entrega, que ha denegado al autoridad belga, "discrepa de la que sostiene este Tribunal Supremo". Asegura que la interpretación de "la norma no solo afecta a las decisiones de entrega, sino que condiciona la subsistencia de unas medidas que impactan directa y permanentemente en el derecho a la libertad de los afectados.

Llanera indica que la fijación de un plazo de tres días es consecuencia del conocimiento que tienen las partes sobre la cuestión y también a que todas las decisiones son plenamente conocidas por haber sido notificadas a las partes, tanto en este procedimiento, como en el Estado de Ejecución.

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