Zapatero
El juez Calama rechaza la comisión rogatoria a Arabia Saudí que solicitó Zapatero sobre las joyas
El magistrado considera que la "hipótesis" del expresidente carece de "un mínimo elemento objetivo de corroboración que permita apreciar su utilidad, necesidad y pertinencia".
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la petición de José Luis Rodríguez Zapatero de enviar una comisión rogatoria a Arabia Saudí para acreditar el origen de las joyas intervenidas en su despacho durante un registro el pasado 19 de mayo.
El magistrado ha desestimado la solicitud de Rodríguez Zapatero de pedir colaboración judicial a Arabia Saudí para confirmar que tres juegos de joyería -rubíes, esmeraldas y zafiros- le fueron entregados por el entonces rey saudí, Abdalá bin Abdulaziz Al-Saud, durante una visita oficial a España en junio de 2007, cuando era presidente del Gobierno.
Según Zapatero, aceptó las joyas "por deferencia" hacia el monarca y las conservó en privado desde entonces, junto a otras piezas familiares y regalos de terceros, sin usarlas ni conocer su valor. Sin embargo, el juez entiende que en este momento esa explicación carece de "un mínimo elemento objetivo de corroboración que permita apreciar su utilidad, necesidad y pertinencia".
En el auto, Calama aclara que que no pretende invertir la carga de la prueba ni obligar a Zapatero a demostrar su versión. Aunque recuerda que el expresidente asegura haber enviado dos comunicaciones a través de la Embajada de Arabia Saudí en Madrid para pedir una confirmación oficial, pero que no ha aportado prueba de que esas cartas se remitieran realmente, considerando que su relato "carece en este momento de cualquier elemento objetivo de corroboración externa".
"Pleno conocimiento" del "régimen aplicable"
El juez destaca que sí consta la visita oficial del monarca saudí a España en 2007 y que existen documentos sobre obsequios institucionales entregados en aquella ocasión que fueron incorporados al patrimonio público. Para Calama, eso "difícilmente se compadece con el tratamiento diferenciado que, según la versión del investigado, habrían recibido las joyas ahora examinadas".
Además, señala que bajo la Presidencia de Zapatero el Consejo de Ministros aprobó en 2005 un Código de Buen Gobierno que establecía que los obsequios institucionales de especial significación debían incorporarse al patrimonio público. A su juicio, esto demuestra "el pleno conocimiento" de Zapatero sobre "el régimen aplicable a este tipo de bienes y, por tanto, no resulta coherente con la explicación actualmente ofrecida".
Duda que no tuviera "conciencia de su valor material"
No obstante, también pone en duda que Zapatero pudiera conservar las piezas durante años "sin conciencia de su valor material". Aunque falta el peritaje definitivo, el juez considera que "resulta razonable inferir que unos juegos de joyería integrados por rubíes, esmeraldas y zafiros, atribuidos a un obsequio realizado por un monarca saudí, presentan una relevante entidad patrimonial", a lo que se suma que "las propias características externas de las joyas permiten advertir, incluso a cualquier observador carente de conocimientos especializados, que se trata de bienes de notable valor económico".
Más Noticias
-
Última hora de la crisis migratoria de Ceuta, en directo: Los consejeros de Ceuta subrayan que Marruecos actuó con pasividad ante la entrada masiva -
Indemnizan con 70.000 euros a una pareja que se quedó embarazada tras una vasectomía fallida -
El Gobierno condena los actos vandálicos: "En democracia la violencia no tiene cabida"
En la misma línea pone en manifiesto que las joyas no estaban en sus estuches originales ni acompañadas de certificados de autenticidad, documentos de procedencia u otros elementos identificativos habituales. Por lo que el juez matiza que eso no permite determinar por sí solo su origen, pero considera que "tales circunstancias difícilmente se compadecen con la tesis de que se tratara de un regalo institucional efectuado por un jefe de Estado y destinado a su incorporación al patrimonio público, supuesto en el que cabría razonablemente esperar la conservación de la documentación y de los elementos accesorios necesarios para su adecuada identificación, inventario y custodia".