Sólo sí es sí
Se desmarcan de la decisión de la Fiscalía, tomada tras la rebaja de la pena de varios condenados por delitos sexuales
Los presidentes de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Madrid han acordado este lunes aplicar en las revisiones de sentencias de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, la conocida como ley del 'Solo sí es sí', el criterio más favorable al reo. Los más de 30 magistrados han fijado este criterio a la hora de aplicar la ley impulsada por la ministra de Igualdad, Irene Montero. La votación ha sido 32 votos a favor, ocho en contra y nueve abstenciones.
Los magistrados se han desmarcado de la postura de la Fiscalía General del Estado, que se muestra a favor de no modificar condenas cuando la pena impuesta pueda dictarse con el nuevo marco penal. En concreto, la Junta Sectorial considera de aplicación en los supuestos que se plantean el artículo 2.2 del Código Penal, no siendo de aplicación en estos supuestos lo establecido en la Disposición Transitoria Quinta del Código Penal.
La reunión tiene lugar después de que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, dictara un decreto para que los fiscales den "una respuesta uniforme", estableciendo que no se modificarán cuando la pena impuesta pueda dictarse con el nuevo marco penal.
También las Audiencias provinciales de Málaga, Valladolid y Vizcaya lo acaban de anunciar. En las tres se están revisando casos y en las tres, habrá rebaja de penas, si corresponde. De esta forma, se desmarcan del criterio marcado, por la Fiscalía General del Estado.
A raíz de la entrada en vigor de la reforma, los jueces han ido revisando a la baja varias penas a condenados por delitos de abusos sexuales y agresiones sexuales. Actualmente, hay 447 causas por abusos y/o agresiones sexuales condenatorias firmes, con condenado ingresado en prisión, susceptibles de ser revisada.
447 casos susceptibles de revisión
A fecha de hoy, las 15 secciones penales de la Audiencia Provincial de Madrid cuentan con 447 causas por abusosy/o agresiones sexuales condenatorias firmes, con condenado ingresado en prisión, susceptibles de revisión tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022. De estas causas, y de oficio, los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid han comenzado ya la revisión de 121. A instancia de parte, se tramita la revisión de 55.
Como consecuencia de la revisión de sentencias condenatorias firmes con condenado en prisión, se ha rebajado la pena en 20 casos, y en siete procedimientos se ha decretado la puesta en libertad, con la salvedad de que en un caso el preso continúa cumpliendo condena al tener sentencia condenatoria firme por otros delitos.