EH Bildu
La Fiscalía recoge que los hechos denunciados "no resultan penalmente típicos". La asociación Dignidad y Justicia quiere que la Fiscalía General del Estado estudie si Bildu incumple la Ley de Partidos.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional no ve ilegalidad en la inclusión en las listas electorales de EH Bildu de 44 candidatos condenados de ETA, siete de ellos por asesinato. El Ministerio Público archiva las diligencias de investigación abiertas por una denuncia de la asociación de víctimas Dignidad y Justicia.
Ha determinado que no hay delito ni causa de inelegibilidad, en un decreto, recogido por 'Europa Press'. Se ha recopilado las hojas histórico-penales de los candidatos condenados para analizar la denuncia y se ha concluido que no se aprecia "la concurrencia de circunstancia alguna que permita atisbar que nos hallemos ante un supuesto de inelegibilidad de los previstos en el art. 6.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General". "Por consiguiente, a la vista de los antecedentes penales de las personas reseñadas, se considera que los hechos denunciados no resultan penalmente típicos", añade.
Tras la denuncia presentada por Dignidad y Justicia, la Fiscalía anunció que iba a investigar el caso y tomaría una decisión al respecto. Finalmente, ha decidido archivar la causa. Y la respuesta de Dignidad y Justicia no se ha hecho esperar van a pedir que la Fiscalía General del Estado estudie si Bildu incumple la Ley de Partidos.
La Fiscalía advierte de que son las Juntas Electorales las encargadas de controlar la "legalidad" de los candidatos incluidos en las listas electorales de los partidos políticos.
Le Ley recoge las personas elegibles e inelegibles
La Ley del Régimen Electoral General recoge, en el artículo seis, las personas que son elegibles y también aquellas que no lo son. En el artículo 6.2 de dicha Ley se expone las circunstancias por las que una persona es inelegible:
"a) Los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena.
b) Los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal".
La denuncia fue presentada por Dignidad y Justicia
La asociación Dignidad y Justicia presentó una denuncia por la inclusión de 44 etarras en las listas electorales de EH Bildu para las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo. Alertaba de que están concurriendo a los comicios "sujetos que han sido condenados por delitos de terrorismo" y siete de ellos, condenados por asesinato. Estos candidatos con "delitos de sangre", han renunciado a las listas y no asumirán las concejalías.
Añadían que los condenados por "asesinato terrorista" concurren como candidatos "en los propios municipios en los que cometieron los asesinatos y viven sus víctimas".
"Es deber y obligación del Estado de Derecho ser especialmente cautelosos y escrupulosos con el cumplimiento de los requisitos legalmente exigidos para poder concurrir como candidatos a unas elecciones", y comprobar si han cumplido sus condenas.
Finalmente, tras la denuncia interpuesta por la asociación, la Fiscalía se ha pronunciado y no ve ilegalidad, por lo que ha decidido archivar las diligencias de investigación abiertas, pero la asociación de víctimas no se rinde y ya avanza un paso más, quieren que la Fiscalía General del Estado estudie si Bildu incumple la Ley de Partidos.