Elecciones Cataluña
La fecha límite para depositar el voto por correo es el 9 de mayo.
El próximo 12 de mayo 5.754.840 millones de catalanes están llamados a las urnas para elegir la nueva composición de su Parlamento. De estos, 243.003 personas podrán participar por primera vez. No obstante, no todo el mundo tendrá la posibilidad, o intención, de ejercer su derecho de forma presencial, de esta forma, un año más Correos se encargará de gestionar el voto por correo. Estos son sus plazos, límites, y las preguntas que más se repiten.
Los electores que hayan optado por votar a través de correo tendrán oportunidad de solicitar el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Cataluña hasta el día 2 de mayo, inclusive. La obtención de este certificado es imprescindible en esta modalidad, y se puede solicitar telemáticamente a través de la web de correos, o de forma presencial en cualquier oficina, acreditando su identidad ante el empleado de la oficina.
Una vez completado este trámite, Correos enviará la documentación necesaria, a partir del 22 de abril, a la dirección facilitada, que no tiene por qué coincidir con la de su domicilio habitual. La fecha límite para depositar el sobre es el 9 de mayo.
Los plazos varían ligeramente para los residentes temporales en el extranjero. En este caso, los interesados deberán solicitar su certificado antes del 13 de abril, y todos los electores residentes en el extranjero tendrán desde el 4 de mayo, hasta el 9 de mayo, ambos inclusive, para depositar su voto.
Como es habitual, también se ha abierto un periodo de reclamaciones o corrección de datos, para aquellos que no hayan recibido la documentación en los plazos estipulados, o bien hayan cometido errores durante la solicitud. Fue del 25 de marzo, al 1 de abril.
Estas son algunas de las preguntas que más se repiten en relación con el voto por correo.
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