Elecciones
La comunidad celebra sus terceras elecciones anticipadas en tres meses y cerca de dos millones de electores están llamados a las urnas.
Castilla y León afronta el próximo 15 de marzo una nueva cita con las urnas. Tras los procesos celebrados en Extremadura y Aragón, la comunidad se convierte en la tercera en acudir a elecciones anticipadas en apenas tres meses. Cerca de dos millones de ciudadanos están convocados para elegir a sus representantes autonómicos en una jornada que requerirá la constitución de miles de mesas electorales en todo el territorio.
La campaña arrancará el viernes 27 de febrero y concluirá a las 23.59 horas del 13 de marzo. El día 14 será la jornada de reflexión, previa a la votación.
Para que el proceso se desarrolle con normalidad, resulta imprescindible la participación de presidentes y vocales de mesa. A menos de un mes de los comicios, los ayuntamientos ya han activado el procedimiento de designación.
La formación de las mesas corresponde a los ayuntamientos, bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona. Cada municipio realiza un sorteo público mediante un procedimiento aleatorio para seleccionar a los integrantes.
En estas elecciones, los sorteos se celebran entre el 14 y el 18 de febrero, según el calendario de cada localidad. En cada mesa se elige a un presidente y dos vocales, así como dos suplentes por cada uno de ellos.
Una vez realizado el sorteo, la notificación se envía directamente a los designados en un plazo máximo de tres días. Aunque el aviso pueda llegar con posterioridad, el retraso no invalida la designación.
Los ayuntamientos no publican listados generales, sino que comunican la designación de manera individual. El plazo para recibir la notificación finaliza el 21 de febrero.
Desde el momento en que se recibe la comunicación, el ciudadano dispone de siete días para presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Quienes formen parte de una mesa electoral el 15 de marzo percibirán una dieta económica por la jornada. Además, los trabajadores en activo tienen derecho a una reducción de cinco horas en su jornada laboral el día inmediatamente posterior.
En caso de turno nocturno la víspera de la votación, la empresa deberá modificarlo a petición del interesado.
La normativa contempla causas personales, médicas y profesionales que permiten solicitar la exención. Entre ellas figuran tener más de 65 años, incapacidad temporal o permanente, certificado de discapacidad, embarazo a partir de seis meses o ser víctima de un delito con orden de alejamiento en vigor.
También pueden alegarse intervenciones quirúrgicas programadas sin posibilidad de aplazamiento, residencia habitual en otra comunidad autónoma con dificultad acreditada de desplazamiento o haber formado parte de una mesa al menos tres veces en los últimos diez años.
En el ámbito profesional, quedan exentos quienes deban prestar servicios esenciales durante la jornada electoral, como bomberos, policías o personal sanitario, así como determinados trabajadores de juzgados y medios de comunicación que deban cubrir el proceso.
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