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CASO BEGOÑA

La Audiencia de Madrid frena al juez Peinado y rechaza que Begoña Gómez sea juzgada por un jurado popular

La Audiencia considera que Peinado no ha determinado hechos ni conductas concretas, por lo que no existe fundamentación como para que Begoña Gómez se siente ante un jurado popular.

Begoña Gómez, la mujer de Pedro SánchezEuropa Press

La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de que, en caso de llegar a juicio, Begoña Gómez sea juzgada por un jurado popular. Los magistrados consideran que no existen "indicios concluyentes y consistentes" que justifiquen ese cambio de procedimiento.

La Sección 23, encargada de revisar los recursos contra las resoluciones del instructor, ordena retrotraer las actuaciones al momento previo a la transformación de la causa en procedimiento de jurado. La decisión afecta también a la asesora Cristina Álvarez y al empresario Juan Carlos Barrabés.

La Audiencia cuestiona la falta de motivación del juez

En su auto, la Sala vuelve a mostrarse crítica con el magistrado y subraya que no es asumible adoptar una "decisión trascendental" como la de acudir al jurado sin precisar qué conductas se atribuyen a cada investigado ni cuál es la base indiciaria que sustenta la hipótesis acusatoria. Según los magistrados, Peinado no realizó "una mínima determinación de los hechos concretos" ni explicó con detalle las razones y fundamentos que le llevaban a adaptar la causa a los trámites del jurado.

El juez había propuesto en septiembre que Begoña Gómez se sentara ante un jurado por presunta malversación en la contratación de su asesora y, un mes después, extendió esa decisión a la parte de la investigación relativa a supuestos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

Sin embargo, la Audiencia recuerda que ya había corregido al magistrado por intentar llevar en paralelo distintas líneas de investigación sin una delimitación clara de los hechos. Ahora insiste en que, antes de modificar el procedimiento, es necesario contar con "indicios racionales" que justifiquen la continuación de la causa.

Tras año y medio de instrucción, la Sala considera que no basta con la "mera verosimilitud" de la denuncia para avanzar hacia un procedimiento de jurado y recalca que, en delitos complejos como la malversación o el tráfico de influencias, se requiere una fundamentación más sólida. La Audiencia mantiene, no obstante, la validez de las diligencias de investigación ya acordadas y deja claro que el juez puede continuar practicando actuaciones, pero sin avanzar hacia nuevas fases procesales sin una base incriminatoria suficientemente definida.

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