Elecciones municipales y electorales
Durante el transcurso de estas elecciones autonómicas y municipales del 28M se han registrado dos incidentes, en Santander y Getafe, que han acabado con la detención de dos individuos.
Las elecciones municipales y autonómicas de este 28 de mayo siguen el transcurso de la jornada electoral. Candidatos acudiendo a votar, declaraciones de políticos y momentos anecdóticos, es decir, lo habitual en el desarrollo de esta jornada. No obstante, también se han producido dos incidentes que se han saldado con dos detenidos por negarse a realizar sus labores en la mesa electoral.
La primera infracción ha ocurrido en un colegio electoral de Santander. Un varón de 33 años que cumplía la función de sustituto en la mesa electoral se negó a cumplir su deber después de que el presidente de su mesa sufriera un ataque de pánico. El individuo manifestó una actitud agresiva que obligó a la Junta Electoral de la zona a acudir a las fuerzas policiales, que se llevaron detenido al individuo.
La delegada del Gobierno en Cantabria, Ainoa Quiñones, ha explicado lo ocurrido mediante una rueda de prensa indicando que el problema se dio "al tener que hacer miembro de mesa a una de las primeras personas que han acudido a votar", explicando, además, el cómo se desarrolló el altercado. "Los primeros no han podido por ser personas de avanzada edad y la Junta Electoral ha determinado que se quedase un varón de 33 años, que se ha puesto agresivo con los funcionarios, lo que ha obligado a intervenir a la Policía Nacional", ha expresado.
Mismo caso en Getafe
Esta situación se ha replicado de manera similar en el CEIP Sagrado Corazón, un colegio electoral en el municipio madrileño de Getafe. Allí, un varón se ha cerrado en banda a realizar una sustitución en su mesa electoral.
Consecuencias legales
En ambos casos se ha incumplido la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, específicamente, el artículo 143 relativo a delitos por abandono o incumplimiento en las mesas electorales.
En la legislación se defiende que "el Presidente y los Vocales de las Mesas Electorales, así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses".