ELECCIONES GENERALES 28A

El Supremo devuelve a la Junta Electoral la decisión sobre el debate en la cárcel solicitado por Jordi Sànchez

El presidente del Tribunal Supremo no especifica de quién sería la competencia para determinar si le corresponde a Prisiones o a la propia JEC decidir sobre la petición de Jordi Sànchez para celebrar un debate electoral en la cárcel de Soto del Real.

El tribunal del 'procés' ha considerado que no tiene competencia para decidir sobre la petición de Jordi Sànchez, candidato de JxCat al Congreso, de celebrar un debate electoral en la cárcel madrileña de Soto del Real, por lo que devuelve el asunto a la Junta Electoral Central.

En una providencia, el tribunal que juzga a la cúpula del 'procés' establece que "no compete al órgano jurisdiccional velar por los principios que determinan la regulación de la actividad electoral" ni "la fijación de un determinado régimen penitenciario".

De esta forma, el alto tribunal se desentiende de un asunto que considera no es de su competencia, después de que la Junta Electoral Central (JEC) se lo remitiese la semana pasada, y rechaza entrar en cualquier cuestión de fondo sobre la petición del expresidente de la ANC y número uno de JxCAT a las generales por Barcelona.

"Lo solicitado no es un acto que afecte a una posible incomunicación judicial -que no se ha acordado por esta Sala-, ni supone una excarcelación del centro penitenciario. Todo ello sin perjuicio de la competencia atribuida a la Administración Electoral para velar por la vigencia de los principios que rigen el desarrollo del proceso electoral", precisan los jueces.

En su resolución, firmada este martes por el presidente del tribunal, Manuel Marchena, la Sala no especifica de quién sería la competencia para decidir al respecto, si de Prisiones o de la propia Junta Electoral, pero sí que acuerda remitir su providencia a esta última para que tome las decisiones pertinentes.

Por el momento, el asunto cuenta con la postura en contra de Instituciones Penitenciarias, que remitió a la Junta un informe desfavorable en el que consideraba que celebrar ese debate electoral "supondría una alteración de las normas regimentales del centro penitenciario".

Según Prisiones, este acto sería contrario a "elementales principios de seguridad", alteraría la "funcionalidad del centro" y también la "distribución funcional de los espacios comunes" obligando a un refuerzo del personal para "garantizar la seguridad de las personas que han de entrar en el centro".

Con este escenario y una vez el Supremo ha declinado entrar en el asunto, la pelota ahora está en el tejado de la Junta Electoral, que debe pronunciarse, bien permitiendo o no el debate o volviéndolo a remitir a otro órgano competente si así lo estima.

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