Elecciones generales
Descubre como puedes saber si has sido uno de los elegidos para formar parte de la mesa electoral en las próximas elecciones generales del 23 de julio.
Las próximas elecciones generales del 23 de julio han provocado que muchos ciudadanos hayan solicitado el voto por correo para ejercer su derecho a acudir a las urnas desde su ubicación vacacional. Algunos otros, han sido escogidos por el sorteo de las mesas electorales y tendrán que acudir al colegio electoral a las 08:00 de la mañana.
A continuación te detallamos cómo puedes saber si formas parte de la mesa electoral y las funciones que tendrá cada miembro de la mesa electoral.
Los sorteos de las mesas electorales ya han escogido a las personas seleccionadas para formar parte de la mesa electoral el próximo 23 de julio. Comenzaron el 22 de junio y la designación tendrá que ser notificada a los ciudadanos en un plazo de tres días, aunque desde el Ministerio aseguran que si llega más tarde también será válido.
La notificación llegará a través de carta certificada y se le entregará a los miembros un manual de instrucciones con las funciones que tendrán en la mesa electoral, supervisado por la Junta Electoral Central y aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros o de los Consejos Ejecutivos de las Comunidades Autónomas.
Las personas que hayan sido seleccionadas contarán con un plazo de siete días desde que reciben la notificación para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa que les impediría acudir a la Mesa electoral. Tendrá que estar justificada y documentada y la Junta tendrá un plazo de cinco días para resolver el caso.
Por otro lado, varios ayuntamientos han publicado en sus páginas webs el listado de las personas elegidas y han habilitado un servicio 'online' para que los censados puedan consultar si les corresponde o no formar parte de las mesas. En el siguiente buscador puede consultar las web de algunas localidades que han puesto este servicio a disposición:
En caso de que hayas sido seleccionado para ser miembro de la Mesa electoral hay una serie de causas por las cuales la Ley Orgánica del Régimen Electoral (Loreg) permite la no asistencia. Algunas de ellas son las siguientes: