Elecciones 23J

Elecciones generales: ¿Cómo se realiza el recuento de votos?

El próximo domingo 23 de julio, en apenas cuatro días, se celebran los comicios nacionales. Y el escrutinio de votos es una fase esencial del proceso.

Recuento de votosGetty (archivo)

El próximo domingo 23 de julio tienen lugar las elecciones generales que asentarán las bases de la política en toda España. Y en este proceso electoral, el recuento de votos es una parte fundamental para que los comicios tengan un correcto y transparente funcionamiento.

El escrutinio provisional es el recuento de votos que se realiza en la mesa una vez finalizada la votación. Los responsables de esta labor son el presidente y los dos vocales de la mesa electoral, ya que tienen la obligación del computar correctamente las papeletas.

¿Cuándo comienza el recuento de votos?

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Según comunica el Ministerio del Interior, el inicio del escrutinio comienza se da cuando termina la votación y se hace forma pública.

Cualquier persona tiene el derecho a estar presente en el acto, siempre y cuando le de permiso el local en el que se encuentra la Mesa electoral.

¿Cómo se hace el escrutinio?

El Presidente de la mesa sacará uno a uno los sobres incluidos dentro de las urnas. Irá leyendo en voz alta la denominación de la candidatura o el nombre del político votado, mostrándoselo a los vocales, interventores y apoderados la papeleta leída.

Cuando la mesa electoral termina esta labor, se procederá adestruir las papeletas (salvo las no válidas o que hayan sido objeto de reclamación, las cuales se archivan junto al acta).

¿Qué sucede después?

Una vez finalizado el recuento, se resolverán por mayoría las posibles dudas y protestas que pudiese haber. Después, la Mesa debe publicar los resultados obtenidos de forma inmediata a través de un acta de escrutinio . Además, de esta se dará una copia los representantes de cada candidatura, interventores, apoderados y candidatos que lo soliciten, así como al representante de la Administración.

La Mesa debe publicar los resultados obtenidos de forma inmediata a través de un acta de escrutinio que incluye los datos necesarios y la fijará sin detención en el exterior o en la entrada del local.

Después, el Presidente o Presidenta, los vocales y los interventores de la Mesa, firmarán el acta de la sesión, en la que se expresarán detalladamente:

  • El número de electores que haya en la Mesa según las listas del censo electoral y las certificaciones censales aportadas.
  • El número de electores que han votado.
  • El número de Interventores que han votado no figurando en las listas de la Mesa.
  • El número de papeletas nulas.
  • El número de papeletas en blanco.
  • El número de votos obtenidos por cada candidatura.

El escrutinio definitivo se realizará del 28 al 31 de julio por las Juntas Electorales Provinciales.

¿De qué informa el acta de escrutinio?

A través de este documento, la mesa hace públicos los resultados electorales, informando de los siguientes datos:

  • El número específico de electores censados.
  • La cantidad de certificaciones censales aportadas.
  • Todos los votantes que han depositado su papel en la urna.
  • El número de votos en blanco.
  • La cantidad de votos recibidos por cada candidatura o candidato.